Hola a todos!! Quisiera hacerles una consulta respecto del régimen de turnos en el fuero criminal y correccional federal... estuve averiguando por internet, etc., y no pude encontrar la respuesta.
Mis dudas son respecto de lo siguiente:
1) Cómo sería la cuestión de los turnos en los juzgados de 1° instancia en lo criminal y correccional federal? Los turnos serían asimilables a las guardias? Están abiertos durante horas no hábiles o sólo estan abiertos durante el horario judicial en sábados, domingos y feriados? Las guardias son activas (es decir, están los empleados del juzgado efectivamente en el juzgado) o pasivas (es decir que estan en su casa y hay que llamarlos por telefono para que concurran al juzgado)?
2) Existe el régimen de turnos en la Cámara de apelaciones en lo criminal y correccional federal? Si es así, como funcionan?
Por favor, ayúdenme con esto!! Mil gracias!!!
Mis dudas son respecto de lo siguiente:
1) Cómo sería la cuestión de los turnos en los juzgados de 1° instancia en lo criminal y correccional federal? Los turnos serían asimilables a las guardias? Están abiertos durante horas no hábiles o sólo estan abiertos durante el horario judicial en sábados, domingos y feriados? Las guardias son activas (es decir, están los empleados del juzgado efectivamente en el juzgado) o pasivas (es decir que estan en su casa y hay que llamarlos por telefono para que concurran al juzgado)?
2) Existe el régimen de turnos en la Cámara de apelaciones en lo criminal y correccional federal? Si es así, como funcionan?
Por favor, ayúdenme con esto!! Mil gracias!!!