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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #780405  por ISABEL5
 
Hola! quisiera saber que corresponde hacer luego de decretada la negligencia en la producción de la prueba informativa, la oficiada contesta y el tribunal agrega la contestación al expediente. Debo pedir que la desglosen? o queda incorporada?
Es un juicio patrimonial, sin menores en provincia.
Saludos y gracias
 #781284  por santiheladero
 
poder podes, pero nunca contestan los oficios en 10 o 20 dias habiles. Es como pedir clausura de etapa de prueba cuando se cumplen 40 dias. Pedilo de ultima te van a decir que no
 #781307  por ISABEL5
 
Pero entonces que sentido tiene haber ganado el acuse de negligencia? si de cualquier manera queda el oficio contestado en el expte?
santiheladero escribió:poder podes, pero nunca contestan los oficios en 10 o 20 dias habiles. Es como pedir clausura de etapa de prueba cuando se cumplen 40 dias. Pedilo de ultima te van a decir que no