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  • nueva circular sobre Res. 884/06?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #781626  por bogalitoral
 
me acaba de chusmear una colega que hay una nueva circular sobre el trámite de rehabilitación del beneficio en los casos en que llega la orden judicial de pago, en los casos de Amparos por Res. 884/06.-

No me supo decir el número, ni siquiera tenía claro el contenido, por lo que no puedo verificar ni siquiera su existencia real.

Si alguien tiene algún dato, se agradece, pues tengo que diligenciar varios oficios.-
 #782338  por bogalitoral
 
empedocles escribió:Si, es la 21/11 del 3 de noviembre, no se liquidan más en la UDAI.
tendrá alguna consecuencia desfavorable? en cuanto al tiempo del trámite o a exigencias de docuementación, como nuevos formularios?
 #782347  por arandu2
 
eMPEDOCLES:

FIJATE EL NUMERO DE CIRCULAR QUE PASAS, NO CORRESPONDE. ESTUVE LEYENDO Y SE REFIERE A LA AFILIACION DE AUTONOMO EN LAS PENSIONES Y ES DE COMIENZO DE AÑO.

EL NUMERO QUE HABRIA SALIDO EL 3 DE NOVIENBRE DEBERA SUPERAR EL NUMERO 60. o NO?
 #782359  por CLASIL50
 
Como dice arandú esa circular se refiere a la afiliacion autónoma , la busco y no la encuentro , que numero de resolución será??
 #782656  por diegomdp
 
si bien no se si salio una circular por el numero que menciona empedocles solo puede ser de la gerencia de procesos administrativos y tecnicos, sino debe ser resolucion y no circular.
no solo la gerencia de previsional dicta circualres, otras gerencias tambien lo hacen como asignaciones familiares, prestaciones activas y desempleo y al gerencia que ya cite en el primer parrafo
 #782837  por diegomdp
 
Buenos Aires, 03 de noviembre de 2011
CIRCULAR GPAyT Nº 21/11
NUEVOS TIPOS DE TRÀMITES PARA SENTENCIA DE OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS
La Gerencia de Procesos Administrativos y Técnicos informa que a partir del 01/11/2011 las áreas legales que tengan que mandar a cumplir sentencias de primeros pagos, es decir, sentencias de otorgamiento de beneficio, deberán caratular los expedientes para el cumplimiento de dichas sentencias con los siguientes códigos de trámite, según corresponda:
Ttr
Descripción
401
JUBILACION ORDINARIA POR SENTENCIA
402
JUBILACION POR INVALIDEZ POR SENTENCIA
403
JUBILACION EDAD AVANZADA POR SENTENCIA
405
PENSION DIRECTA POR SENTENCIA
406
PENSION DERIVADA POR SENTENCIA
410
PBU - PC - PAP POR SENTENCIA
411
PREST. POR EDAD AVANZADA POR SENTENCIA
412
RTI POR SENTENCIA
413
RDI POR SENTENCIA
414
PENSION DIRECTA POR SENTENCIA - SIPA
416
PENSION DERIVADA POR SENTENCIA - SIPA
A tal fin, al momento del alta el operador deberá registrar el sistema ANME en los campos:
a) “Exp.Provin”: el número de expediente judicial - número de carpeta judicial
b) “C.Prov.”: el código de provincia correspondiente a la UDAI/área que caratule el mismo.
De esta forma se dejará registro del juicio del cual depende el presente pago de sentencia.
Una vez caratulado, el expediente deberá ser remitido sin mas trámite y con carácter de urgente a la Gerencia Tramites Complejos (Unidad de Atención Reversión de Antigüedad y Empadronamiento - Código de Dependencia 49308000) a los fines de dar curso a su tratamiento, es de destacar que, bajo ningún concepto, la Unidad deberá otorgar estos tipos de trámites