tenes razon, no lo habia pensado
Peor aún, tuvo conclusa el 18/06/09, la actora debió notificar a la demandada y 4 meses despues entro en sentencia.
Otra curiosidad, es un exte. judicial con remision de administrativo. No recordamos si este juzgado remitian ellos los administrativos o se lo entregaban a la actora, creemos que los remitia el juzgado, por tanto y atento los plazos y cumulo de tareas, fue imposible que se haya cumplido con el oficio de notificacion y remision de administrativo todo en un mismo dia.
Por otro lado, recordemos que a mitad del 2009 se genero un incidente dentro del juzgado con los secretarios y el juez subrogante renuncio.
Respecto a la demora del juzgado 3. Entendemos la situacion personal de este juzgado, el 6 y el 10. Es hora que pongan en funciones a los 3 jueces que fueron designados a principio del año pasado.
El precedente no sería por actividad judicial ya que ha demorado lo que demora siempre. Aqui hay un tema mas que cuestionable, el pago a la jubilada por la demandada dentro del plazo legal de los 120 dias, situación que no nos ocurre a nosotros ni con excepciones.
Por cierto, ANSES NO APELO, a nosotros nos apelan todas las 18037.
saludos

"He tomado sobre mis espaldas el monopolio de mejorar sòlo a una PERSONA,y esa persona SOY YO MISMO,y se cuan difìcil es conseguirlo"MAHATMA GANDHI