Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Duda. Pension Directa por fallecimiento causante muy joven

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #782389  por sil84
 
Estimados colegas,
hoy me llego una consulta al estudio, de un pariente de un amigo mio, aclaro que yo no hago previsional... pero bueno, son favores!
Les cuento: se trata de una viuda, que quiere tramitar la pension por fallecimiento de su difunto marido, para su hijo de 3 años. El tema, es que murio muy joven: 23 años! Nacio el 15/06/1986 y murió el 1/10/2009. Solo trabajó 3 meses en relacion de dependencia. La cuestion es, que de acuerdo al decreto 460/99 no alcanza la regularidad de aportes; y de acuerdo a la tabla de proporcionalidad el calculo que me da es que deberia haber trabajado: 3 años, 2 meses y 8 dias.-
Es correcto? Creo que no hay forma de tramitar la pension, es asi?
Cualquier respuesta será de mucha ayuda! Ya que es un caso muy particular, asi como la situacion de la sra.-
Muchas gracias!!!
 #782432  por hugo2
 
sil84 escribió:Estimados colegas,
hoy me llego una consulta al estudio, de un pariente de un amigo mio, aclaro que yo no hago previsional... pero bueno, son favores!
Les cuento: se trata de una viuda, que quiere tramitar la pension por fallecimiento de su difunto marido, para su hijo de 3 años. El tema, es que murio muy joven: 23 años! Nacio el 15/06/1986 y murió el 1/10/2009. Solo trabajó 3 meses en relacion de dependencia. La cuestion es, que de acuerdo al decreto 460/99 no alcanza la regularidad de aportes; y de acuerdo a la tabla de proporcionalidad el calculo que me da es que deberia haber trabajado: 3 años, 2 meses y 8 dias.-
Es correcto? Creo que no hay forma de tramitar la pension, es asi?
Cualquier respuesta será de mucha ayuda! Ya que es un caso muy particular, asi como la situacion de la sra.-
Muchas gracias!!!
Tendria que concurrir con algun colega tuyo que entienda del tema.
 #782451  por sil84
 
Hugo2, es para poder orientarla. Todos somos abogados, y alguna vez tuvimos nuestra primer consulta referida a algun tema con el cual no estamos tan familiarizados, y nobleza obliga quiero ayudar desde mi lugar a esta persona. Si podes decirme si estoy bien orientada seria muy amable de tu parte. Si no, gracia igualmente.-
 #782550  por MARIO1943
 
sil84 escribió:Estimados colegas,
hoy me llego una consulta al estudio, de un pariente de un amigo mio, aclaro que yo no hago previsional... pero bueno, son favores!
Les cuento: se trata de una viuda, que quiere tramitar la pension por fallecimiento de su difunto marido, para su hijo de 3 años. El tema, es que murio muy joven: 23 años! Nacio el 15/06/1986 y murió el 1/10/2009. Solo trabajó 3 meses en relacion de dependencia. La cuestion es, que de acuerdo al decreto 460/99 no alcanza la regularidad de aportes; y de acuerdo a la tabla de proporcionalidad el calculo que me da es que deberia haber trabajado: 3 años, 2 meses y 8 dias.-
Es correcto? Creo que no hay forma de tramitar la pension, es asi?
Cualquier respuesta será de mucha ayuda! Ya que es un caso muy particular, asi como la situacion de la sra.-
Muchas gracias!!!
SI SOLO TRABAJO 3 MESES, DE ACUERDO AL DECRETO 460/99 PODES TRAMITAR LA PENSION , ES APORTANTE REGULAR Y LA PROPORCION LE DA 2 ANOS 15 DIAS Y COMO APORTANTE IRREGULAR QUE LE DA 1 MES Y 15 DIAS , LE ESTAN SOBRANDO APORTE DE LAS DOS FORMA
 #782711  por sil84
 
Gracias mario1943! Te cuento que este chico estuvo trabajando los periodos 08/2009, 09/2009 y 10/2009. Te agradezco muchisimo tu respuesta. Por lo que estuve investigando se aplica la tabla de proporcionalidad, y es el calculo que me facilitaste.
Yo hago laboral, pero este es un caso de una persona muy cercana a mi y no puedo dejar de ayudarla.
Saludos colega!
 #782744  por andrea37
 
Hola, si fueron los únicos aportes, saca el turno y presenta que da por tabla de proporcionalidad, que no es lo mismo que proporcionalidad de aportes y no es necesario recucurrir a la carss. Tiene un exceso de solo 15 días. Andá sacando el turno. Saludos
 #782956  por noelin
 
LA REGULARIDAD DEL TRABAJADOR CON MENOS DE 36 MESES TRABAJADOS

En los casos que el trabajador se incapacitare o falleciera antes de cumplir con los mínimos requeridos
para la obtención de su condición de aportante regular o irregular con derecho, deberá aplicarse su
tiempo trabajado de acuerdo con la proporcionalidad que se observa en la tabla adjunta.
La fórmula se basa en una regla de 3 simple, donde para el regular con derecho se tomará el 30, el cual
se dividirá por 36 y se multiplicará por la cantidad de meses realmente trabajados. Se obtendrá un
resultado con fracciones. Dicha fracción se transformará en días considerando al mes como si tuviera
siempre 30 días.
Así, si una persona trabajó desde su inicio laboral 33 meses, el cálculo será 30 x 33 / 36 = 27,50. La
fracción 0,50 se multiplicará x 30, lo cual dará 15 días; tendrá la condición de aportante regular con 27
meses y 15 días trabajados. Si tuviera 1 día menos se convierte en irregular con derecho.
En el caso del cálculo del irregular con derecho, el mismo será 18 x 33 / 36 = 16,50, o sea adquirió la
condición de aportante irregular con derecho con 16 meses y 15 días trabajados.

MESES DE REGULAR IRREGULAR
AFILIACION LABORAL MESES DIAS MESES DIAS
36 30 0 18 0
35 29 5 17 15
34 28 10 17 0
33 27 15 16 15
32 26 20 16 0
31 25 25 15 15
30 25 0 15 0
29 24 5 14 15
28 23 10 14 0
27 22 15 13 15
26 21 20 13 0
25 20 25 12 15
24 20 0 12 0
23 19 5 11 15
22 18 10 11 0
21 17 15 10 15
20 16 20 10 0
19 15 25 9 15
18 15 0 9 0
17 14 5 8 15
16 13 10 8 0
15 12 15 7 15
14 11 20 7 0
13 10 25 6 15
12 10 0 6 0
11 9 5 5 15
10 8 10 5 0
9 7 15 4 15
8 6 20 4 0
7 5 25 3 15
6 5 0 3 0
5 4 5 2 15
4 3 10 2 0
3 2 15 1 15
2 1 20 1 0
1 0 25 0 15

Fuente: ANSES







LA REGULARIDAD DEL TRABAJADOR CON MENOS DE 36 MESES TRABAJADOS

En los casos que el trabajador se incapacitare o falleciera antes de cumplir con los mínimos requeridos
para la obtención de su condición de aportante regular o irregular con derecho, deberá aplicarse su
tiempo trabajado de acuerdo con la proporcionalidad que se observa en la tabla adjunta.
La fórmula se basa en una regla de 3 simple, donde para el regular con derecho se tomará el 30, el cual
se dividirá por 36 y se multiplicará por la cantidad de meses realmente trabajados. Se obtendrá un
resultado con fracciones. Dicha fracción se transformará en días considerando al mes como si tuviera
siempre 30 días.
Así, si una persona trabajó desde su inicio laboral 33 meses, el cálculo será 30 x 33 / 36 = 27,50. La
fracción 0,50 se multiplicará x 30, lo cual dará 15 días; tendrá la condición de aportante regular con 27
meses y 15 días trabajados. Si tuviera 1 día menos se convierte en irregular con derecho.
En el caso del cálculo del irregular con derecho, el mismo será 18 x 33 / 36 = 16,50, o sea adquirió la
condición de aportante irregular con derecho con 16 meses y 15 días trabajados.

MESES DE REGULAR IRREGULAR
AFILIACION LABORAL MESES DIAS MESES DIAS
36 30 0 18 0
35 29 5 17 15
34 28 10 17 0
33 27 15 16 15
32 26 20 16 0
31 25 25 15 15
30 25 0 15 0
29 24 5 14 15
28 23 10 14 0
27 22 15 13 15
26 21 20 13 0
25 20 25 12 15
24 20 0 12 0
23 19 5 11 15
22 18 10 11 0
21 17 15 10 15
20 16 20 10 0
19 15 25 9 15
18 15 0 9 0
17 14 5 8 15
16 13 10 8 0
15 12 15 7 15
14 11 20 7 0
13 10 25 6 15
12 10 0 6 0
11 9 5 5 15
10 8 10 5 0
9 7 15 4 15
8 6 20 4 0
7 5 25 3 15
6 5 0 3 0
5 4 5 2 15
4 3 10 2 0
3 2 15 1 15
2 1 20 1 0
1 0 25 0 15

Fuente: ANSES
 #783295  por nbentancourt
 
TEngo un caso parecido, quisiera saber que opinan>
Causante fallece a los 28 años. Tenia 12 meses de aportes inmediatamente anteriores al fallecimiento -su primer trabajo en blanco -hasta aqui entiendo que seria regular con derecho en virtud de la tabla de proporcionalidad, pero al pedir sabana de aportes me surgieron 5 meses de servicios de una empresa en la que trabajo siendo menor de edad, a los 17 años. Se considera afiliacion a aquel primer trabajo registrado o puede considerarse como afiliacion la fecha de ingreso en la empresa donde trabajo esos ultimos 12 meses porque era la primera que le efectaba aportes jubilatorios
Gracias, Natalia
 #783509  por andrea37
 
Natalia, es una buena pregunta, esos aportes, se hubiesen computado como tales si llegaba a la edad para jubilarse? Es complicado que reconozcan los aportes anterior a los 18 años, yo solicitaría la pensión por la tabla, y en observaciones, que no se incluya esos meses por no tener los 18 años, luego si anses deniega te queda la Carss.