las medidas de abrigo deben ser inmediatamente comunicadas al Juzgado de Familia que corresponda. Por lo tanto tenes que hacer la solicitud en el Juzgado de familia, ahi debes solicitar regimen de visitas o lo que consideres. Es muy raro que los plazos de las medidas se cumplan, porque la ley es muy linda en la letra pero en la practica es casi imposible recomponer un vinculo en dos meses, ya que los Servicios Locales solo pueden tomar una medida de abrigo en casos extremos, entonces, generalmente son situaciones muy graves que no se resuelven en dos meses. Por otro lado, dependiendo de la edad del niño/a, si no quiere ver a sus padres, no se lo puede obligar. Te tiro una idea que hacemos mucho nosotros aca: solicitá que el regimen de visitas se empiece a dar con acompañamiento de profesionales del Servicio (o no se como se llama en San Martin), tambien podes pedir que se cumpla en su propia oficina, para asegurar el resguardo del menor. De esa manera tambien "obligas" al Servicio a estar pendiente del tema, y luego podes pedir informes de como se llevaron a cabo las visitas y como es la relacion padres/hijo.- Espero te sirva.- Saludos
Tolera la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea tolerada la tuya. (Couture).-