Nunca litigué en lo contencioso administrativo en la Provincia de Buenos Aires, debuto contra un municipio por una pretensión indemnizatoria (daños y Perjuicios). Tengo demandado también a una empresa particular concesionaria de la Muni. Me ordenaron correr traslado de la demanda MI DUDA ES: ¿Al intendente debo trasladarle la demanda por oficio? y al 3º ¿por cédula?. Alguien tiene modelo de oficio?.- Desde ya muchas gracias a quien pueda ayudarme.-