Gente yo estoy errado, o no cabe ninguna duda, q si el causante fallecio antes de la 884/06 y la viuda solicitante de la pension directa posee una jubilacion con moratoria, tranquilamente puede solicitar su pension con Moratoria.
La duda recaia cuando el fallecimiento es posterior al dcto 884/06.
En fin anses acordo el tramite y lo suspendio al momento del cobro, por alegar que no se puede tener 2 beneficios con moratoria.... tendre que hacer reclamo de rehabilitacion del beneficio basandonme en la circular 36/09 que habla de dicha escepcion..
La duda recaia cuando el fallecimiento es posterior al dcto 884/06.
En fin anses acordo el tramite y lo suspendio al momento del cobro, por alegar que no se puede tener 2 beneficios con moratoria.... tendre que hacer reclamo de rehabilitacion del beneficio basandonme en la circular 36/09 que habla de dicha escepcion..
