Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Amparo, desistimiento de la acción

  • Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #784626  por Aurelií©n
 
La madre de un menor discapacitado interpone una acción de amparo para que el consorcio del edificio donde vive construya una rampa de acceso, el consorcio ofrece construir la rampa y después de que las partes presentaran las propuestas de proyectos para su construcción, el juzgado solicita a las partes que redacten un convenio en base a lo acordado para ser homologado. En este estado del proceso, se presenta la madre del menor en autos y desiste de la acción de amparo, el juzgado da traslado al defensor de menores.
Preguntas: ¿Puede oponerse el defensor de menores al desistimiento del amparo efectuado por la amparista y pedir que se siga con la acción de amparo?, ¿qué puede hacer el demandado si el defensor de menores se opone al desestimiento?, ¿el demandado puede pedir al juez que no se tenga en cuenta la oposición del defensor y en caso de que no lo haga: APELAR DICHA RESOLUCIÓN?, y, si hay desistimiento, ¿el juez puede ordenar que la amparista no desista de la acción y que el defensor de menores prosiga con el amparo?Agradezco cualquier ayuda sobre el tema ya que en una acción de amparo nunca tuve a un defensor de menores
como una de las partes.
Gracias.
 #784669  por eduferry
 
Sin seguir el orden de tus preguntas, debes tener en cuenta que quien defiende los intereses del menor es el Defensor y nó la madre. Ella es su representante necesaria por la incapacidad de su hijo pero a los efectos del proceso quien debe prestar conformidad es justamente quien defiende sus intereses.
No debemos olvidar que el desestimiento no solo puede producir la pérdida de un derecho sino también que éste cargue con las costas, cosa que tendrá muy en cuenta al momento de emitir dictamen.
El Defensor emitirá su opinión que no es vinculante para el juez, pero rara vez se apartan de él, en este caso puede ser apelado por ambas partes - la decisión del juez, que es en definitiva quien decide -.
Sí me parece acertado que el juzgado haya pedido se agregue el convenio para homologarlo y de esta manera darle caracter de sentencia, poniendo fin al proceso.
Ahora, lo que no comparto es el desistimiento, porque aunque hayan llegado a un acuerdo ese desistimiento echa por tierra todo el acuerdo, es dejar todo a fojas cero, de una obligación del consorcio, por eso estimo que el Defensor de Menores debe, mejor dicho tiene, la obligación de oponerse.