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  • ALBAí‘IL ACCIDENTE

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 #78321  por cañete
 
UN ALBAÑIL QUE ESTABA TRABAJANDO EN LA REFACCION DE UNA CASA DE FAMILIA SUFRE UN ACCIDENTE A RAIZ DE SU TRABAJO Y FALLECE. ESTE TRABAJABA POR CUENTA PROPIA Y NO TENIA SEGURO. ¿CUAL SERIA LA RESPONSABILIDAD PARA QUIEN LO CONTRATO O EL DUEÑO DEL INMUEBLE?

 #78466  por EL_JUAN
 
fijate que por ahí en el CC dice que los trabajos de albañilería contratados por el dueño no configuran una relación laboral si no que una prestación de servicio. Me parece que por acá se delucida la cuestión de quién tiene la responsabilidad por el accidente.

 #78477  por Sailaw
 
Así es, y si fuera por el 1113 del CC, la cosa es aún peor, ya que se trata de indemnización integral, y no tarifada como en sede laboral.

 #78480  por EL_JUAN
 
deucidado el tema de la responsabilidad nos cabe preguntarnos si hubo o no negligencia del albañil? (ej.: estaba bailando la macarena en la escalera o contestando mensajitos por celular mientras estaba sobre la silleta) o si el accidente fue causado por la cosa (en este caso la casa) defectuosa?

 #78484  por Sailaw
 
También depende, si la provisión de elementos de trabajo, que causaron el accidente era del albañil, no existiría mayor responsabilidad en el dueño de la cosa, depende de que trabajo, y el grado de mayor o menor especialización requerido, el trabajo en altura se considera de especialización-

 #78487  por EL_JUAN
 
creo que como ya dijimos es una prestación de servicios por ende el topico sobre los elementos de seguridad le corresponde a quien da el servicio y este es el unico responsable por su provisión y las consecuencias de la no prov.

 #78512  por DAL
 
Aja! la cosa es civil, y se aplican las pautas civiles. Y si el propietario no tenia un segurito de responsabilidad civil, esto le va a salir más caro que . . . la casa. Pobres ... las dos partes.

 #79047  por cañete
 
SI PENSABA ENCARARLO POR ESE LADO, PERO SE ME HACE DIFICIL ENCONTRAR JURISPRUDENCIA PUNTUAL RESPECTO A ESTE TEMA. ALGUN COLEGA TIENE JURISPRUENCIA?