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  • ELEVACION A JUICIO - 3 PREGUNTAS!!!

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 #785637  por ariel1999
 
Hola les consulto: En un juicio por estafa que tramita en capital se resolvio la elevacion a juicio
1) la pregunta es el defensor del imputado puede renunciar en esta etapa??
2) Existe la posibilidad de arreglar economicamente con la actora que es una cia de seguro, pero esto puede tener algun beneficio en esta parte del proceso o lo mas conveniente es ir por la probation?
3) Si las partes arregaran economicamente que pasa con el juicio- elevacion????
Les agradeceré mucho puedan despejarme estas dudas. Saludos
 #785753  por lilianasarda
 
El letrado puede renunciar en cualquier etapa del proceso, solo que va a tener que seguir actuando, si es en sede penal hasta que el cliente encuentre un remplazo, te cuento que ese es uno de los grandes motivos por lo cual el penal se cobra por adelantado, porque a veces pasa que tu cliente sostiene y sostiene que no puede encontrar otro letrado que te remplace y te arruina la vida.

Respecto del acuerdo con la cia. de seguros, podrias poner un escrito en donde diga que la parte actora fue desinteresada economicamente, pero depende del delito que se trate, si es instancia publica...igual vas a juicio. Liliana.-
 #785762  por ariel1999
 
una pregunta más, puede pedir que le designen un abogado de oficio? lo tiene que hacer con escrito para solicitarlo o como es???
Yo no hago mucho penal, pero era un conocido y accedí, nunca vi un centavo y esto se hace largo, así que estoy pensando en renunciar. Te agradezco mucho!!!
 #785764  por feragus
 
ariel1999 escribió:Hola les consulto: En un juicio por estafa que tramita en capital se resolvio la elevacion a juicio
1) la pregunta es el defensor del imputado puede renunciar en esta etapa??
2) Existe la posibilidad de arreglar economicamente con la actora que es una cia de seguro, pero esto puede tener algun beneficio en esta parte del proceso o lo mas conveniente es ir por la probation?
3) Si las partes arregaran economicamente que pasa con el juicio- elevacion????
Les agradeceré mucho puedan despejarme estas dudas. Saludos

1) puede renunciar en cualquier momento, se le designa el defensor de oficio hasta que designe otro defensor particular, pudiendo pasar que esto no ocurra nunca, por lo que sigue el defensor oficial hasta el final del proceso.

2) si se trata de un delito de acción pública, lo que se arregle entre las partes no tiene incidencia en la marcha del proceso. Lo de la probation hay que evaluarlo en el caso concreto, porque si el damnificado no acepta la reparación, igualmente tiene abierta la vía civil para reclamar.

3) esta pregunta està respondida en la primera. El juicio-elevación, como le decís vos, no se ve afectado por el arreglo económico que hagan las partes.
 #785779  por Sebagallina
 
feragus escribió:
ariel1999 escribió:Hola les consulto: En un juicio por estafa que tramita en capital se resolvio la elevacion a juicio
1) la pregunta es el defensor del imputado puede renunciar en esta etapa??
2) Existe la posibilidad de arreglar economicamente con la actora que es una cia de seguro, pero esto puede tener algun beneficio en esta parte del proceso o lo mas conveniente es ir por la probation?
3) Si las partes arregaran economicamente que pasa con el juicio- elevacion????
Les agradeceré mucho puedan despejarme estas dudas. Saludos

1) puede renunciar en cualquier momento, se le designa el defensor de oficio hasta que designe otro defensor particular, pudiendo pasar que esto no ocurra nunca, por lo que sigue el defensor oficial hasta el final del proceso.

2) si se trata de un delito de acción pública, lo que se arregle entre las partes no tiene incidencia en la marcha del proceso. Lo de la probation hay que evaluarlo en el caso concreto, porque si el damnificado no acepta la reparación, igualmente tiene abierta la vía civil para reclamar.

3) esta pregunta està respondida en la primera. El juicio-elevación, como le decís vos, no se ve afectado por el arreglo económico que hagan las partes.
No hay ley de mediación como en la provincia de Buenos Aires??
 #785797  por lilianasarda
 
Yo te conteste por pcia. de buenos aires, cosa que voy a empezar a colocar en las respuestas para que nadie se confunda.

Ferargus por Capital Federal.-

Aqui en pcia. tenes que seguir, aunque pida abogado de oficio hasta que alguno se haga cargo del caso, no es tan rapido como en capital federal. Por ello lo que te comente.-

En lo demas, depende del delito. Liliana.-