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 #784949  por lilianasarda
 
Ejecute un pagare en Capital Federal, el mismo decia, paguese en Buenos Aires, con lo cual quedaba abierta la posibilidad de que fuera en la Pcia. deBuenos Aires, si bien Pcia. no decia.

El ejecutado nego la firma, pusimos una perito de oficio.

Dio por buena la firma y a la hora de las explicaciones....murio.

Era una bunea perito, pero muy mayor.

El ejecutado pone un perito de parte que dice que la firma no le pertenece...

El juzgado pone un perito de oficio que dice que la firma no le pertenece...

Atento a que el pagare viene endosado, digo, bueno ejecutare al endosante, mi cliente no queria pero lo convenci.

Asi que me fui como una infeliz a ver el resultado de la sentencia, para comenzar el otro juicio y que veo? que veo?

Que el juez se declara incompetente para sentenciar, atento a que considera que Buenos Aires se refiere ala Pcia. deBuenos Aires, ello a pesar de que el agente fiscal manifesto que el pagare se referia a Capital Federal.

El juez se aparta del dictamen de fiscalia, me notifica de tan buenas nuevas y decreta el archivo de las actuaciones...

Cuatro años se litigo por ese pagare, yo pregunto...

LO primero que se ve del pagare, es el cartular mismo, donde esta lugar y fecha delibramiento, ahora...

Es un juego esto de esperar a que este todo cocinado para declararse incompetente para fallar??????????????

Es un juego procesal?, de falta de lucidez mia ? Es un juego del juez que ese dia vino con dolor de cabeza?

O es normal??????

Me regulo $ 500.00, NO QUIERO RISAS!!!!!

Eso me pasa por tocar instrumentos que no conozco, hago penal, quien me mando a meterme a hacer comercial?????????

DIJE QUE NO QUERIA RISAS!!! Liliana.-
 #786204  por viko
 
si vos no dijiste nada, el deudor no dijo nada - y se presentó en legal forma. , y el juez no dijo nada, me parece que es una prorroga de competencia, generalmente admitida por la ley procesal
apele dra. que no es justo lo planteado por el juez. Al menos en tucu, la unica incompetencia imposible de soslayar, es la que resulta de la competencia material del organo, no la territorial
saludos