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  • SUCESIONES: LA NIETA PUEDE PRESCRIBIR INMUEBLE DE SU ABUELO?

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #743321  por ALEJANDROIII
 
HOLA ESTIMADOS FORISTAS, LES COMENTO EL CASO:
LA NIETA, VIVIO EN CASA DE SUS ABUELOS HACE MAS DE 30 AÑOS, ELLOS FALLECIERON HACE 15 AÑOS, Y ELLA VIVE SOLA EN LA CASA.
LOS ABUELOS TIENEN 8 HIJOS VIVOS, PERO QUE "DE HECHO" ABANDONARON EL INMUEBLE, MI PREGUNTA ES, LA NIETA PUEDE PRESCRIBIR EL INMUEBLE DE SU ABUELO A SU FAVOR MEDIANTE LA PRESCRIPCION LARGA? NO ENCONTRE NORMA ALGUNA QUE EXPRESAMENTE LO PROHIBA, ¿UDS CONOCE ALGUNA? QUE OPINAN DEL CASO, LES AGRADECERE CUALQUIER AYUDA QUE PUEDAN BRIDNARME
 #743392  por Tiburcio
 
Si, puede prescribir.
Pero tiene que demostrar la interversión del título, porque por su carácter de hija de un heredero mientras no desplace activamente a los demás de la posesión se presume que está ejerciendo una tenencia consentida.
¿Pagó ella todos los impuestos?
¿Hizo mejoras?
 #743633  por ALEJANDROIII
 
Hola Tiburcio, gracias por contestar. Si ella, pago los impuestos "a nombre de otro" pero ella los pago, y tiene obviamente dichas facturas. En los dos ultimos dos años le hizo mejoras, tambien hizo el plano de mensura a su nombre, puso gas, agua, telefono, porque antes no tenia nada, y como comenzo a "mejorar la cara de la casa" parece que ahora los tios que habian abandonado la misma, quieren tener algun interes en la misma parece, segun ella me comento obvio. ¿Se presume que es una tenencia consentida? Tenia entendido que se presume la posesion, ella posee porque posee, actua con animus dominus (plano de mensura, mejoras, impuestos a su nombre en algunos casos, hizo un contrato de locacion de una habitacion a un inquilino, etc) Me gustaria si puedes me amplies tu punto de vista sobre la presuncion de la tenencia (creo captar que te refieres a que al vivir en la casa de los abuelos, se puede llegar a presumir que los tios y el padre de ella se la prestaron... pero eso cederia ante las pruebas de que ella no es una tenedora, sino una poseedora, ¿estoy en lo correcto? AGRADECERE TODAS SUS CORRECCIONES A MI PUNTO DE VISTA, MUCHAS GRACIAS
 #745473  por Tiburcio
 
Las mejoras que ella hizo en la casa y los pagos de impuestos no son de por si actos posesorios, a menos que, como dije en el otro post hubiera desplazado de la posesión de modo ostensible a sus tíos.
Desde luego que tiene derecho a ser recompensada por las mejoras introducidas en el inmueble, no en el valor de lo gastado sino en el incremento de valor para el inmueble.
En cuanto a los impuestos, también le tienen que ser resarcidos con mas sus intereses, descontando la parte que a ella le correspondía pagar como sucesora.
Para ser justos, ella debería tener en cuenta que ha usado un bien parcialmente ajeno sin pagar alquileres, por lo que si los tíos se limitan a pedir su parte muy probablemente los gastos de ella queden compensados con el beneficio del uso gratuito.
 #786775  por ALEJANDROIII
 
DE DIEZ TIBURCIO, ME ENRIQUECE MUCHO TU OPINION, TE COMENTO QUE YA INICIE LA DEMANDA DE PRESCRIPCION Y DIOS DIRA QUE SUCEDE, LUEGO TE CUENTO A VER QUE SALE DE TODO ESTO (OBVIO EN LA DEMANDA NO MENCIONE A LOS TIOS, NI A NADIE MAS, ENTRE OTRAS RAZONES PORQUE MUCHOS VIVEN EN OTRAS PROVINCIAS) UN ABRAZO Y TE MANTENGO AL TANTO D ELO QUE SUCEDA