Hola a todos, tuve sentencia en un divorcio y para evitar iniciar incidente solicite audiencia para division de la sociedad conyugal.. me contestaron q aclare la peticion a despacho, cumpliendo con el art 34 inc 5 b del cpcc. ) (Señalar, antes de dar trámite a cualquier petición, los defectos u omisiones de que adolezca, ordenando que se subsanen dentro del plazo que fije, y disponer de oficio toda diligencia que fuere necesaria para evitar nulidades.)
no comprendo q es lo me quisieron decir, agradezco su ayuda.
no comprendo q es lo me quisieron decir, agradezco su ayuda.