Estoy llevando adelante un juicio de alimentos.
El demandado es abogado. Abogado y parte.
El menor en cuestion tiene 9 meses.
Hace un tiempo pidio la tenencia , fuimos a etapa previa , no hubo acuerdo, ahora estoy esperando que me haga traslado de la demanda. ( Hace ya 4 meses que se ordeno hacerlo y aun nada.)
Tuve con él un par de situaciones medio engorrrosas cuando fue a buscar la menor fuera del horario establecido, siendo que el llamo a la policia y bla bla bla... Nunca llegue a cruzar palabra con él mas alla de la audiencia ante la consejera .
Pedi medida cautelar de tenencia provisoria la cual ya esta para dictar sentencia.
Por otro lado, iniciecomo bien dije Demanda de alimentos. El señor, ya antes , habia denunciado un Impedimento de contactos en fuero penal y en el tribunal de garantias se hizo convenio de alimentos provisorio , y de regimen de visitas. Convenio que nunca cumplio en su totalidad ya que se ordeno en funcion de su profesion que pague una suma determinada y el solo le da a la sra. la mitad.
Tuvimos la semana pasada la primera audiencia y no fue. Presento un escrito , al cual aun no tuve acceso y hoy me encuentro en la mesa virtual con esto:
Expte. ....8 ····················· Fs. 78
Quilmes, 15 de Noviembre de 2011 .
····Proveyendo fs. 51/72: Tiénese a ........................ por presentado en los términos previstos en el art. 640 del CPCC, por ofrecida la prueba documental e instrumental, por parte y constituído el domicilio procesal (art. 40 y sigtes. del CPCC).
····De la documental acompañada, traslado a la contraria por el plazo de cinco días (arg. art. 356 del CPCC). Notifíquese.
····Con la cédula de fs. 75, tiénese por interpuesto en tiempo y forma el recurso de revocatoria planteado, del mismo, traslado a la actora por el plazo de 5 días. NOTIFIQUESE (arts. 238 y sigtes.)
····Asimismo, hágase saber al Sr.------------- que en lo sucesivo deberá moderar su lenguaje y expresiones al referirse a las letradas patrocinantes de la contraparte, bajo apercibimiento de remitir las presentes actuaciones al Tribunal de disciplina del Colegio de Abogados de Quilmes a sus efectos.
····Del pedido de nueva audiencia, estese a la fijada a fs. 77.
····Proveyendo fs. 74: Agréguese.
PREGUNTAS:
- PUEDO SER YO QUIEN REMITA LAS ACTUACIONES AL TRIBUNAL DE DISCIPLINA SI CONSIDERO INJURIOSA Y OFENSIVOS LOSTERMINOS CON QUE EL SEÑOR DR. SE DIRIGE A MI PERSONA.
- UE PASA SI NO ME NOTIFICA. Si no cumple con lo que el tribunal ha ordenado?
gracias, como siempre.
RO
El demandado es abogado. Abogado y parte.
El menor en cuestion tiene 9 meses.
Hace un tiempo pidio la tenencia , fuimos a etapa previa , no hubo acuerdo, ahora estoy esperando que me haga traslado de la demanda. ( Hace ya 4 meses que se ordeno hacerlo y aun nada.)
Tuve con él un par de situaciones medio engorrrosas cuando fue a buscar la menor fuera del horario establecido, siendo que el llamo a la policia y bla bla bla... Nunca llegue a cruzar palabra con él mas alla de la audiencia ante la consejera .
Pedi medida cautelar de tenencia provisoria la cual ya esta para dictar sentencia.
Por otro lado, iniciecomo bien dije Demanda de alimentos. El señor, ya antes , habia denunciado un Impedimento de contactos en fuero penal y en el tribunal de garantias se hizo convenio de alimentos provisorio , y de regimen de visitas. Convenio que nunca cumplio en su totalidad ya que se ordeno en funcion de su profesion que pague una suma determinada y el solo le da a la sra. la mitad.
Tuvimos la semana pasada la primera audiencia y no fue. Presento un escrito , al cual aun no tuve acceso y hoy me encuentro en la mesa virtual con esto:
Expte. ....8 ····················· Fs. 78
Quilmes, 15 de Noviembre de 2011 .
····Proveyendo fs. 51/72: Tiénese a ........................ por presentado en los términos previstos en el art. 640 del CPCC, por ofrecida la prueba documental e instrumental, por parte y constituído el domicilio procesal (art. 40 y sigtes. del CPCC).
····De la documental acompañada, traslado a la contraria por el plazo de cinco días (arg. art. 356 del CPCC). Notifíquese.
····Con la cédula de fs. 75, tiénese por interpuesto en tiempo y forma el recurso de revocatoria planteado, del mismo, traslado a la actora por el plazo de 5 días. NOTIFIQUESE (arts. 238 y sigtes.)
····Asimismo, hágase saber al Sr.------------- que en lo sucesivo deberá moderar su lenguaje y expresiones al referirse a las letradas patrocinantes de la contraparte, bajo apercibimiento de remitir las presentes actuaciones al Tribunal de disciplina del Colegio de Abogados de Quilmes a sus efectos.
····Del pedido de nueva audiencia, estese a la fijada a fs. 77.
····Proveyendo fs. 74: Agréguese.
PREGUNTAS:
- PUEDO SER YO QUIEN REMITA LAS ACTUACIONES AL TRIBUNAL DE DISCIPLINA SI CONSIDERO INJURIOSA Y OFENSIVOS LOSTERMINOS CON QUE EL SEÑOR DR. SE DIRIGE A MI PERSONA.
- UE PASA SI NO ME NOTIFICA. Si no cumple con lo que el tribunal ha ordenado?
gracias, como siempre.
RO