A quien pueda responderme, se lo agradecere!!!!
Les comento el caso: se trata de una persona, jubilada bajo la Ley 24.241, pero cuyos últimos 10 años son entre 1975 y 1985. Ahora bien, en el fragor de las demandas, incurrí en un error que no sé si puede perjudicar a mi cliente: la demanda está perfecta, pero hay una contradicción. En el acápite en el cual reclamo la actualización de las remuneraciones olvidé modificar el texto y argumento en el sentido de aplicar el fallo Elliff, a la vez que remito a la liquidación agregada (bluecorp), en la cual el índice utilizado es el IGR...
Puede esto perjudicar a mi cliente? Supongo que el juez, habiendose pedido en la demanda la actualización, decidirá sobre un índice, independientemente de la contradicción, no?
Por favor les pido que me respondan, dado que el tema me tiene bastante angustiado!
Gracias!!
Les comento el caso: se trata de una persona, jubilada bajo la Ley 24.241, pero cuyos últimos 10 años son entre 1975 y 1985. Ahora bien, en el fragor de las demandas, incurrí en un error que no sé si puede perjudicar a mi cliente: la demanda está perfecta, pero hay una contradicción. En el acápite en el cual reclamo la actualización de las remuneraciones olvidé modificar el texto y argumento en el sentido de aplicar el fallo Elliff, a la vez que remito a la liquidación agregada (bluecorp), en la cual el índice utilizado es el IGR...
Puede esto perjudicar a mi cliente? Supongo que el juez, habiendose pedido en la demanda la actualización, decidirá sobre un índice, independientemente de la contradicción, no?
Por favor les pido que me respondan, dado que el tema me tiene bastante angustiado!
Gracias!!
