Buenos día, en pcia, se cerró la etapa previa en tenencia, ya que la la demandada nunca se presento pese a estar notificada.
El 26/10 /11 Se dicto la siguiente providencia: Atento el estado de autos y conforme lo dispuesto art 838 1º parrafo, 839 en concordancia con el art 230 inc 3º y 484 2º parrafo del CPCC intímese a la parte actora a que en el término de cinco días adecúe su peticion. Dra M Juez
¿ Esto quiere decir que tengo que presentar la demanda? cierto?
Pero mi duda, es con respecto a los cinco días de notificada , ¿que quiere decir?, yo lo vi recien el viernes el expediente, se cuenta desde el primer dia de nota o mi parte se tiene que notificar por escrito, y allí, se cuentan los días?
Les agradeceré me evacuen esta duda porque todavia me surgen muchas con respecto al proceso, gracias!!
El 26/10 /11 Se dicto la siguiente providencia: Atento el estado de autos y conforme lo dispuesto art 838 1º parrafo, 839 en concordancia con el art 230 inc 3º y 484 2º parrafo del CPCC intímese a la parte actora a que en el término de cinco días adecúe su peticion. Dra M Juez
¿ Esto quiere decir que tengo que presentar la demanda? cierto?
Pero mi duda, es con respecto a los cinco días de notificada , ¿que quiere decir?, yo lo vi recien el viernes el expediente, se cuenta desde el primer dia de nota o mi parte se tiene que notificar por escrito, y allí, se cuentan los días?
Les agradeceré me evacuen esta duda porque todavia me surgen muchas con respecto al proceso, gracias!!