Hola, soy abogado recién recibido y tengo un caso de separación de hecho de hace un año y medio mas o menos, mi cliente quiere divorciarse pero por lo que estuve viendo no puede hasta cumplir al menos 2 años de separación de hecho para la separación personal y 3 para el divorcio vincular, ya que no hay chances de que sea por presentación conjunta y no tiene ninguna causal de injuria del art 202 cod civ.
La consulta es hay otra alternativa?, si no hay como puede hacer para exigir el régimen de visitas? (tiene un hijo de 6 años) y que se fije la cuota alimentaría (mi cliente es el Padre), puede haber una tenencia compartida? como se pide?.
El caso es para ser presentado en los tribunales de Lomas de Zamora.
Es recomendable que haga ya la denuncia de abandono de domicilio conyugal? el domicilio conyugal es en avellaneda centro, como lo tiene que hacer?
Muchas gracias
La consulta es hay otra alternativa?, si no hay como puede hacer para exigir el régimen de visitas? (tiene un hijo de 6 años) y que se fije la cuota alimentaría (mi cliente es el Padre), puede haber una tenencia compartida? como se pide?.
El caso es para ser presentado en los tribunales de Lomas de Zamora.
Es recomendable que haga ya la denuncia de abandono de domicilio conyugal? el domicilio conyugal es en avellaneda centro, como lo tiene que hacer?
Muchas gracias