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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #787840  por diegomdp
 
uno de los motivos de retencion por parte de control es "verificaciones dudosas/inactivas" lamentablemente dicho titulo no es claro acerca del cual es el motivo de la misma pudiendo englobarse dentro de ella distintos cruces que hace el sistema que si nosotros sabemos que datos cruza podremos tratar de evitarla.

para los mas desprevenidos en el tema y para evitar respuestas absurdas les aclaro que control retiene por cruces de sistema, cruces que ellos han parametrizado, es decir no mira el expediente retiene por las dudas, todo el mundo es culpable hasta que se demuestre lo contrario y hasta duda de los propios empleados de anses sino no retendria.

una vez hecha la introduccion lo que quiero plantear es esto dentro de esa caratula de retencion control engloba distintos cruces del sistema por ejemplo si el dador tiene una no contributiva retiene, y despues vera si esta bien hecha o no la retencion.

una posible causa de retencion que he visto es aquel dador jubilado, con moratoria o sin moratoria.
la pregunta es a aquellos que tienen alta de beneficio a partir de enero de este año (solo enero de 2011 en adelante los anteriores no porque apenas si habia retenciones) y que pusieron dadores jubilados ya sea con moratoria o sin moratoria y las moratoria enviadas por web o hechas por delegacion, me gustaria que me comenten si les retuvieron la jubialcion o no se la retuvieron y si se la retuvieron si el dador estaba jubilado por web o por turno y si era con turno si era con moratoria o sin moratoria.
 #788348  por arielruiz86
 
Pero cual es la norma legal que prohibe que el dador de trabajo sea un jubilado o un beneficiario de una prestación no contributiva?
 #788357  por diegomdp
 
arielruiz86 escribió:Pero cual es la norma legal que prohibe que el dador de trabajo sea un jubilado o un beneficiario de una prestación no contributiva?
ariel no hay norma legal alguna, de hecho control asume que ese puede ser motivo de una presunta irregularidad y por lo tanto retiene y viene todo el circuito que implementan ellos para levantar la retencion o para dar de baja el beneficio, del cual tanto se ha hablado en los distintos post.
pero el motivo de este post no es ese sino tratar de determinar que informacion cruza el sistema para poder evitar esa retencion, hay casos que la persona trabaja para una familia donde cualquier miembro de la familia es empleador por igual con lo cual sabiendo que controla el sistema podriamos elegir el que nos de menos riesgo de retencion.
por eso la pregunta es eminentemente practica que experiencias tienen con dador jubilado, porque quiero determinar si control retiene por ese motivo como ya pude ver que si retiene si el dador tiene una no contributiva.
saludos y espero que alguno de todos los forista que siguen presentando a mansalva sdm nos de alguna opinion sobre el tema
 #788411  por noemiadriana
 
Por lo que he escuchado, una de las causas de retención es cuando el dador de trabajo es jubilado con SDM, a mi hasta ahora no me han retenido ninguna, algunas me las han rechazado pero las acordadas estan cobrando sin ningun problema
 #788416  por benfer
 
No tendria ninguna logica una retencion por ese motivo y es totalmente apelable, pero como como dijo el forista el termino "verificacion dudosa" da para todo tipo de interpretaciones;

Yo no arriesgaria, es mi opinion
 #788426  por fabidoc
 
pero cuanta gente jubilada tiene servicio doméstico.
Ahora tener una no contributiva y tener servicio doméstico,es más coherente la retención.
 #788602  por fito657
 
Otro caso que me interesaría saber si hubo retenciones por sdm cuando había exceso de aportes (RRDD Y AUTONOMOS) e inclusive que no fueron cargados en el turno pero si en el sicam por dispocición de anses. Es decir frente a 35 años de aportes por ejemplo si hubo retenciones por 8 meses de sdm por verificaciones dudosas u otra causal?
La logica indicaría que no porque malos o buenos esos periodos no modificarían el derecho y no mejorarían los haberes.
 #788704  por diegomdp
 
diegomdp: Los supuestos que mencionas no encuadran en ninguna circular.

En esta UDAI donde trabajo todos los casos acordados son casi todos dadores jubilados y/o con pensiones graciables, amas de casa, luego trabajadores autónomos y relación de dependencia. La circular 26/11 y 56/11 establece el caso del dador que se jubiló en un mismo periodo en que declaró tener un empleado, lo cual hoy tampoco se retiene porque casos así pueden ser reales. Es como retener la jubilación porque el dador aparece inactivo laboralmente. También el caso del trabajador discapacitado que se encuentra inválido en una silla de rueda, pero igualmente se termina destrabando ya que podría ser real y haber realizado ciertas tareas, ejemplo planchado de rompa o lavado de platos.
La gente de control no retiene los supuestos que haces referencia porque no son estúpidos como pretendes hacer creer, saben más que vos de normativa, no encuadra como muy bien dice arielruiz86 en ninguna norma.

Control controla solamente los SDM contemporáneos o extemporáneos que no fueron verificados, la dispos. 01/2010 así lo establece. En varios post dijiste que existe un instructivo que exime la verificación al pago contemporáneo. Te informo que si tenes sdm contemporáneos sin verificar por la dispos. 01/2010 quizás te lo retengan. Ese instructivo que informas es desconocido por la circulares 26 y 56 y por todos nosotros, ya que cumplimos con la dispos. 01/2010.

Verificaciones dudosas significa el caso de haberse denunciado en la declaración jurada un dador que no coincide con el que declaró en el acta de verificación, te reitero, todos los SDM van a verificación.
Inactiva significa que no se hizo la verificación al dador como establece la dispos. 01/2010, por ejemplo los casos de sdm contemporáneos que si deben ser verificados ya que así lo establece la dispos. 01/2010. El instructivo a que haces referencia se contrapone a la dispos. 01/2010, todo se verifica contemporáneo y extemporáneo, y si el contemporáneo no se verificó se retendrá hasta que se verifique.

Dejá de atacar a los empleados de ANSeS, de andar averiguando cuanto cobran. Deja de degradar al sector orientación, conocen muy bien la normativa.[/quote]

que bueno nanos que llegaste a este foro, leyendote me doy cuenta que anses es el paraiso debe ser obra de este director ejecutivo que tanto hace por capacitar a su personal de desorientacion.
ahora hay algo que no me cierra como sabes tanto de motivos de retencion si trabajas acordando expedientes despues no te enteras porque los retienen y si trabajas en control no sabes porque los acuerdan entoces hay algo que no me termina de cerrar.

igual te recomiendo que leas lo que escribo, yo no dije que retuvieran por dador jubilado, solo pregunte acerca de las experiencias personales, porque realmente no puedo todavia determinar si ser dador jubilado es causa de retencion por parte de control, solo pedi experiencias y todavia nadie me contesto nada de manera positiva o de manera negativa.

en fin les recomiendo no poner dadores jubilados con sdm y con pensiones graciables porque control las retiene, hagan la prueba y despues me cuentan.
ah nanos otra cosa si no se hace verificacion el motivo de retencion es incumplimiento de normativa no el que decis vos, pero a los fines practicos retienen igual, y gracias por tu explicacion me hiciste ver un motivo de rencion que no conocia incosistencia entre el dador cargado en sica y el cargado en el descargo que hace el verificador, todos los dias aprendo algo nuevo.

y ya que decis que los de control saben tanto de normativas preguntales porque retienen en contra de la circular 16/09 .
saludos