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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #789954  por josedanielparedez
 
Buenas Colegas: Les quiero hacer una consulta a ver si me pueden ayudar. Ya estoy en la etapa final del reclamo por reajuste de haberes del personal militar. Estoy haciendo el calculo para ver cuanto seria lo que deberían liquidarle a mis clientes y llego a una suma pero me surgen dos incógnitas: 1) Al monto que se arribe como calculo del retroactivo, se deben descontar los montos que fueron dados al personal retirado durante estos años?,( léase Decretos 1163/08, 1994/06) y 2) Al monto que se arribe como calculo del retroactivo, solo será reconocida la deuda de hasta 5 años atrás, por aplicación del principio de prescripción en el que siempre se resguarda el Estado Nacional?? Desde ya muchas Gracias por la ayuda que puedan proporcionarme. Saludos...
 #789992  por jjg
 
Estimado colega, yo estoy investigando lo mismo, pero no estoy bien encaminada, como se debe realizar para solciitar dicho reajuste, es conforme a un reclamo en sede adminsitrativa?, y la prescripción, si es de 5 años porque es el Estado Nacional.
Coordialmente.-
 #790656  por josedanielparedez
 
Que tal colega, actualmente ya no se hace mas reclamo administrativo previo, simplemente se inicia demanda adjuntando copia de una resolucion denegatoria generica del estado mayor. presentas la demanda en la mesa de entradas de seguridad social (la misma que los laborales, en lavalle), y le das para adelante che..

saludos...
 #790732  por sofia85
 
Aprovecho este tema para consultar sobre si consideran que seg. social tiene competencia para entender en un juicio contra DIBA (para reafiliar), si es asi, por favor espero sus rtas. muchas gracias