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 #78984  por gero
 
Una cuestión que me tiene patilludo. Que se puede hacer cuando en un padido de informe, la policia informa que, no existe ninguna denuncia del ciudadano, y luego el Min. publ. dice que no esta acreditado lo manisfestado por el presentante, "la denuncia policial", hay algo para hacer, mas que argumentar que la policia no da recibo para acreditar la veraciadad de lla misma?- por favor una ayudita.
 #79049  por Pandilla
 
Hola gero, hasta donde alcanzo a entender, claro, la policía puede recibir denuncias de cualquier ciudadano, o de menores con edad de ser imputados; de ahí, los polís, tienen que dar traslado a la Fiscalía y al Juez de Garantías de turno. Lo que no tengo muy claro es si cuando un ciudadano hace una denuncia en una ¿Comisaría? dentro de la Jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, República Argentina, esa denuncia tiene algún tipo de número para que, luego, el/a ciudadano/a pueda seguir el trámite de su denuncia. Lo que si es seguro es que el personal que ¿receptó? la denuncia, tendría que tener una placa o tarjeta identificatoria.
Si no, la alternativa es reiterar la denuncia, pero en la Fiscalía o ante el Juez de Garantías, (y mandarlos a todos al frente y al costado).

Saludos, :lol:
 #79117  por macero
 
gero escribió:Una cuestión que me tiene patilludo. Que se puede hacer cuando en un padido de informe, la policia informa que, no existe ninguna denuncia del ciudadano, y luego el Min. publ. dice que no esta acreditado lo manisfestado por el presentante, "la denuncia policial", hay algo para hacer, mas que argumentar que la policia no da recibo para acreditar la veraciadad de lla misma?- por favor una ayudita.
Es muy sencillo, la denuncia siempre hacela en la fiscalia, ya que la entrada va a ser mas inmediata.
Si la tenes que hacer en la comisaria, nunca dudes en pedir una copia de la misma, sino te la dan, inmediatmente dirigite a la fiscalia y denuncia dicha irregularidad. Vas a ver como en menos de un minuto tenes la copia y firma de el policia que te tomo la denuncia.
Una vez hecha la denuncia, sea en lacomisaria o en la fiscalia, al cabo de unos dias, se le da intervencion al fiscal de turno, quien le da ingreso como I.P.P. y queda registrada mediante un numero xxxx.
Sldos.

 #79331  por gero
 
Segun la parte dice que la denuncia se realizó en el año 1996 en 9 de julio Pcia, y al pedir informe a la policia, esta informa que no hay ning denuncia alli, De alli mi duda, entonces puedo ir o mandar a la parte a que reiteren la denuncia en la fiscalia, diciendo que se realizó denuncia en tal tiempo y dado lo informado...no existe.
Y en este caso como sigue el tema (todo esto por un pedido de informes, por la radicación de una denuncia hecha por la parte en ese lugar ), pero finalmente alguien deberia contestar positivanmente?
En caso de capital que tampoco encuentran la denuncia hago lo mismo? aqui solo manifiestan que en la epoca se ha quemado un deposito con arhivo
gracias por la ayuda, estoy desorientado con este tema
 #79359  por Pandilla
 
Bueno, la denuncia es del año 1996, y, ¿cuál era el contenido de esa denuncia...?, mira que ya han pasado más de 10 años y, tal vez, ya ha operado alguna de las especies de la prescripción. Por otro lado, si la cuestión iba por el riel penal, el tipo penal: ¿era de instancia privada o pública...?. Aclaradas, aunque sea en forma de masomenos, pueden concurrir a la Fiscalía que, en la actualidad, actue en la jurisdicción donde, se supone, se produjo la comisión de un delito. A su vez, si la denuncia aún es viable, tal vez, resultaría conveniente hacer mención a la denuncia hecha en el año 1996, (tal vez, exista alguna actuación en depósito).
También, hay que ver si las leyes de ese momento siguen siendo las mismas, o han sido modificadas, sea en sus partes o en su totalidad, (pues, a un tipo penal se le agravó o se le disminuyó su pena, o, simplemente, ya no es un delito de tipo penal, aunque si puede continuar siendo un delito o acto ilícito de tipo civil).

Saludos y suerte, :lol:

 #79491  por gero
 
disculpa padilla que no fui claro, se trata de denuncias hechas en 9 de julio bs. as. y caballito Capital fed, en 1996 y el tema fue: la desaparición del padre de la denunciante, se pidio el informe en causa por presunción de fallecimiento.-
Gracias por toda tu dediacación
 #79526  por Pandilla
 
Bueno, hasta donde alcanzo a entender, en ese caso se puede reiterar la denuncia, pues, ¿quién puede afirmar, positivamente, que esa persona no fue víctima de un homicidio?, (que de ser así, y sino mal recuerdo, es un tipo penal que tiene una prescripción mayor a los 10 años).
Ahora, otra cuestión es si se requirió, (o, actualmente, se requiere), una investigación para así poder ir completando los pasos del Juicio por Presunción de Fallecimiento, (esto, sino mal recuerdo, va por Sede Civil).
Así que tendrían que reiterar la denuncia ante la Fiscalía que corresponda a la zona de donde se tuvo la última noticia sobre esta persona, o a la de su último domicilio real, y, además, transmitir toda la información de que dispongan de la primera denuncia hecha en el año 1996.

Saludos y suerte, :lol: