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  • Prescripción mala praxis medica

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 #791175  por Marianrob
 
Hola a todos, tengo una clienta que se fracturo el codo el 9/9/2009, de 80 años luego de varios tratamientos aproximadamnete para abril del 2010 le dicen que el codo le quedaria mal porque la enyesaron mal y soldo mal por lo que viene este año a verme a mi.

La pregunta es prescribio o o tengo hasta abril del 2012 para demandar,la pericia me dio que es por mala praxis la deformidad del codo. Ella recien lo supo en abril del 2010 ya que antes le hacian estudios y Kinesiologia.


A quien pueda responder mil gracias desde ya.
 #791232  por cfg
 
es así, son 10 años así que tenés mucho tiempo
 #791397  por NOMOLESTAR
 
Hasta la fecha la jurisprudencia mayoritaria recoge el principio de la prescripción decenal.

Hay dos posturas al respecto: en relación a la intervención de hospitales públicos.

a) La primera de ellas con el apoyo de algúnos fallos- de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Suprema Corte De Buenos Aires-, que tienen el criterio que la atención médica que brindan los hospitales del Gobierno, implica la prestación de un servicio público a cargo del Estado que crea un vínculo extra-contractual entre la Administración y los particulares. En este caso el plazo de prescripción sería de 2 años contados desde la fecha que se produce el daño.-

b) La otra considera lo contrario: que pese a que interviene un hospital público, una vez que un particular accede a los servicios que brindan los hospitales de la Ciudad, surge entre la Administración local a la que pertenece el hospital y el paciente, una relación de naturaleza obligación-contractual que no puede equipararse a una relación estatutaria o reglamentaria, por lo que en esta postura la prescripción se produce a los 10 años de acontecido el hecho.-

I.- El fallo de la Suprema Corte de Buenos Aires. La Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires decidió que el plazo de prescripción de la acción resarcitoria contra el Estado por los daños y perjuicios derivados de una mala praxis médica es el bienal, previsto en el art. 4037 del Código Civil, con sustento en que la relación jurídica entre el paciente y el hospital es de naturaleza extracontractual y de derecho público. http://www.cmfbsas.org.ar/archivos/10_R ... %20Med.pdf

MALA PRAXIS MEDICA: INDUSTRIA DEL JUICIO, UN MITO http://medicinayley.blogspot.com/2009/1 ... uicio.html

MALA PRAXIS MÉDICA: MITO DE INDUSTRIA DEL JUICIO II http://medicinayley.blogspot.com/2011/0 ... stria.html
 #791415  por cfg
 
igualmente no se aclara de qué tipo de relación surge la mala praxis, sería bueno que nos informara
 #791464  por NOMOLESTAR
 
Si acciona el propio paciente, y éste fue atendido en un hospital público, el plazo es de dos años (jurisprudencia minoritaria), 10 años (jurisprudencia mayoritaria) contados a partir del hecho médico lesivo. En caso de haber recibido atención en un nosocomio privado, el tiempo se extiende, siendo la prescripción decenal (10 años) aquí la jurisprudencia es unánime. Cuando el paciente fallece y son los herederos quienes accionan judicialmente, cuentan con dos años de plazo para iniciar las acciones legales por mala praxis médica, tanto sea hospital público como entidades privadas.