Hola Colegas!!! Me parece que me mande una macana tremenda!!!! En una audiencia de alimentos, la 636, las partes no llegamos a un acuerdo y en el mismo momento se resuelve fijar audiencia de vista de causa, en el acta mismo se fija la fecha de la audiencia donde se provee la prueba q ofrecí, entre ellos la confesional de la actora, ahora bien, como todos firmamos el acta, incluida la actora, no la notifique de la absolución porque consideré q queda notificada ersonalmente con la firma del acta .. esto es así o tendría que haber enviado la cedula de notificación???????????? me quiero morir! leyendo hoy el acta veo que dice: comparezca la actora a absolver posiciones a la audiencia de vista de causa señalada precedentemente .... notifíquese (art. 407 CPCC).- la audiencia la tengo pasado manana ni de casualidad llego a notificar!!!