Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Pension s/ins - fallecido despues del 2006

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #791479  por Lorena77
 
Buenos dias foristas.
Les consulto algo. Tengo entendido que aquellos recursos presentados a la CARRS en los que el causante haya fallecido despues de la famosa 884 y en los que la viuda/o tenga jubilación con moratoria, es muy probable que salgan denegadas. Pero en el caso de que la viuda/o tenga cancelada su deuda porque transcurrieron los 60 meses, que pasa?
Es por un recurso que tengo presentado y que la viuda este mes termina de pagar la última cuota y no tengo idea de como puedan interpretar.

Gracias!!
 #791485  por drelinag
 
mirá, es una cuestión de suerte, yo presente varias con fecha de fallecimiento posterior al decreto y me las concedieron el año pasado. este año me acaba de denegar la carss una con fallecimiento anterior al decreto(fallecida en 2002) por que dice que la causante no estaba afiliada al SIJIP por no tener aportes posteriores al mensual 7/1994. plantee reconsideración. intentalo a lo mejor tenés suerte.
 #791560  por diegomdp
 
yo hasta ahora todas las que vi de la carss estan denegadas, estamos hablando de causantes fallecidos a partir del 25/10/2006 y que la viuda cobra otra prestacion.
si alguno tiene alguna resolcion que diga lo contrario seria bueno que la suba
 #791595  por Lorena77
 
drelinag escribió:circular 36/09 apart. j
Que alivio!!! en mi caso el causante falleció en el 2010 pero a ella le otorgaron la jubilación en el 2006.

Gracias drelinag
 #791777  por diegomdp
 
drelinag escribió:circular 36/09 apart. j
drenilag conozco lo resolucion 62/06 de normatizacion ampliada por la 68/06 de normatizacion circularizada por la 70/06 de previsional, reemplazada por la 36/09, los dictamenes de la gaj las resolciones de la carss y todas dicen exactamente lo mismo si la persona fallecio a partir del 25/10/2006 no entran dentro de las exceciones si el conyuge supersite ya posee un beneficio previsional.

punto g de la circualr 36/09

g.- PENSIONES:
Quedan exceptuadas de lo dispuesto en los puntos 1 y 2 de la presente las solicitudes de deuda por SICAM formuladas por los derechohabientes del trabajador autónomo, afiliado al SIJP, que hubieran fallecido hasta el 24/10/06.
elpunto que citas es para el caso de que se solicito la pbu y no esta todavia acordada y fallece el derechohabiente y la persona inicia la pension derivada, lo que pasa que la gaj ha sido clara y los muchachos de previsional que redactan las cosas bastante mal hacen que pueda interpretarse de cualquier manera ese parrafo es mas hay algunas delegaciones de anses que he visto que las han acordado, pero la gaj si tiene que dictaminar no las da y las resolciones de la carss que yo vi tampoco las da.

concuerdo con vos que es una cuestion de suerte dependiendo de la mala interpretacion que hacen en algunas udais pero sino zafas en la udai no pienses que va a prosperar en la carss como dije en mi anterior post si alguno tiene alguna resolcion de la carss que diga lo contrario que la suba al foro