Estimados Colegas: el tema es el siguiente, estoy por la actora, la cual sufre un accidente en el interior de un supermercado de la provincia de Buenos Aires, iniciamos a los 6 meses una mediación en capital federal, se presentan, el mercadocomo requerido y la cia de seguros como 3ro en garantia. Como la poliza tiene franquicia, el mercado se niega a pagar la misma, con lo cual se cierra en segunda audiencia la mediación sin acuerdo. La fecha de incio de la demanda es a los 2 años y 45 días del siniestro. Se presenta la demanda de interrupción, si bien por receptoria general de expediente se ingresa un 30 de diciembre, en tiempo correcto dentro de los plazos normales (antes de los 2 años), ahora quiero presentar la ampliación de demanda con las constancias de mediación de capital y pedir que se tenga en cuenta el plazo de interrupción que opera por la mediación. QUIERO SABER SI PROCEDE LA INTERRUPCIÓN POR LA MEDIACIÓN. ES DECIR DEMANDA EN PROVINCIA MEDIACIÓN EN CAPITAL. CONOCEN ALGUNA JURISPRUDENCIA?. Desde ya muchas gracias.
ENERGIDON escribió:Estimados Colegas: el tema es el siguiente, estoy por la actora, la cual sufre un accidente en el interior de un supermercado de la provincia de Buenos Aires, iniciamos a los 6 meses una mediación en capital federal, se presentan, el mercadocomo requerido y la cia de seguros como 3ro en garantia. Como la poliza tiene franquicia, el mercado se niega a pagar la misma, con lo cual se cierra en segunda audiencia la mediación sin acuerdo. La fecha de incio de la demanda es a los 2 años y 45 días del siniestro. Se presenta la demanda de interrupción, si bien por receptoria general de expediente se ingresa un 30 de diciembre, en tiempo correcto dentro de los plazos normales (antes de los 2 años), ahora quiero presentar la ampliación de demanda con las constancias de mediación de capital y pedir que se tenga en cuenta el plazo de interrupción que opera por la mediación. QUIERO SABER SI PROCEDE LA INTERRUPCIÓN POR LA MEDIACIÓN. ES DECIR DEMANDA EN PROVINCIA MEDIACIÓN EN CAPITAL. CONOCEN ALGUNA JURISPRUDENCIA?. Desde ya muchas gracias.Si, porque aunque sea en extraña jurisdiccion es una muestra que el interesado desea mantener vivo su derecho.