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  • lesiones, ley de genero, orden de detencion, etc

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 #793503  por andrea24
 
Colegas, primero que nada les comento que soy de Santiago del Estero, actualmente en la provincia rige una ley de violencia de genero que no sirve de nada leerla porque no dice nada, al contrario le da tantas facultades a los jueces de privar de la libertad a cualquiera por una simple denuncia, si yo voy y denuncio que un varon me grito lo detienen, todo escudandose en la ley de genero, el caso que yo tengo es el siguiente: un señor esta casado, la hermana de su señora se presenta un dia en su casa a decirle a su hermana que el marido la engaña, empiezan a discutir, el señor la agarra del brazo la saca de la casa obviamente le quedan los moretones en el brazo, la chica le tira con una piedra a la ventana y le rompe el vidrio, que hace esta chica va a la policia y lo denuncia por lesiones, encima un medico medio medio que tenemos en el pueblo, es el director del hospital le diagnostica lesiones que necesitan 15 dias de duracion, presento la eximicion de prision y me la deniegan por la ley de violencia de genero y piden la detencion de mi cliente, como el es camionero le digo que se vaya a trabajar a otra provincia y que no se presente, porque justo esto paso el jueves y viernes que fueron feriados, se iba a comer unos cuantos dias adentro, la version de la chica que lo denuncia es completamente distinta, pero no hay testigos, los unicos testigos son la esposa de mi cliente y sus dos hijas, que a la vez son hermana y sobrinas de la denunciante; la esposa de mi cliente no quiere denunciarla a la hermana por daños en la propiedad privada porque dicen que son re quilomberas y quiere terminar esto lo mas rapido posible, a su vez la denunciante es novia del intendente de mi ciudad y el abogado que la defiende a ella es el abogado del municipio, pero esto no es nada, la jueza que interviene en la causa fue nombrada por ser del palo de San Zamora, nuestro gobernador, la jueza ya tiene denuncias en el colegio de abogados y en el superior tribunal de justicia por las innumerables pesimas actuaciones, pero como es del circulo policito de Zamora nadie le toca un pelo. El abogado que la defiende a la denunciante quiere iniciar en contra de nuestro cliente un juicio civil por daños y perjuicios, ahora esta chica trabaja de empleada municipal en el cementerio y supongamos que tenga 15 dias de curacion sus lesiones, no tiene instruccion, que daños y perjuicios le puede haber ocasionado? pero el tema es que mi cliente tiene transporte, el cuenta con 2 transportes, o sea que tienen que embargar, apuntan directo a eso creo yo.
Son varias las consultas que tengo: me puede denegar la eximicion de prision por lesiones de 15 dias? mi cliente se tendria que presentar para poder hacer mejor la defensa? por ejemplo ese certificado trucho que le hizo ese medico, puedo presentar un habeas corpus con la orden de detencion solamente, teniendo en cuenta que mi cliente no esta detenido? o hago que se presente y automaticamente pido excarcelacion? si el abogado de la parte contraria iniciar un juicio civil puedo a esa jueza civil recursar sin causa? porque esta en las mismas condiciones que la jueza en lo penal, los del gobierno levantan el telefono y las manejan como quieren, y como esta el intendente de mi ciudad de por medio y es radical igual que el gobernador le van a dar bolilla a todo. Quisiera que me orienten un poco en este caso, la verdad que se complica cuando hay jueces tan poco profesionales. Muchas gracias
 #793533  por Pandilla
 
Hola, hasta donde entiendo, le expreso:
1) ........."el abogado que la defiende a ella es el abogado del municipio,"..........
Entiendo que si él trabaja para el Municipio, esa actividad no sería compatible con el ejercicio de la Profesión a nivel Privado.
2)Su cliente tiene Derecho a denunciar el Daño que ocasionó la chica en la propiedad de aquél.
3)No sé ¿qué expresa la Ley de Género de su Provincia..?, pero, hay que tener en cuenta que, por motivos fundados, su cliente "procede a sacar a una persona que perturba en la propiedad de aquél".Claro, no es lo mismo "invitar a alguien a retirarse" que "asirlo de un brazo y llevarlo/a hasta fuera".O sea, habría que ver si la Ley hace alguna referencia o distinción "entre ámbito Privado y ámbito Público", o, la denominada Violencia de Género es refenciada en forma global.
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.