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  • Golpeado por su empleador

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 #79037  por flor22
 
Buenas tardes! Este caso lo conte tambien en el foro laboral, pero como de derecho penal no se casi nada, a ver si me pueden ayudar:

Un chico de 20 años trabajaba en un restaurante, fue acusado por el gerente de robar una olla de la cocina, en su defensa el dijo que era imposible porque antes de retirarse los revisaban. Sin ninguna razon, el dueño del restaurante que estaba escuchando todo comienza a golpear a este chico y lo arroja encima de unas mesas, y lo amenazo de muerte. Lo golpeo tan fuerte que perdio el conocimiento por unos minutos. Tuvo que ser trasladado a una clinica por politraumatismos. Ya realizo la denuncia penal, y yo estoy reclamando los salarios adeudados y las demas indemnizaciones, daño moral incluido.

No se si alguien tuvo algun caso parecido, donde se juntan el fuero civil y el laboral, pero agradecerè cualquier opinion, o sugerencia. Muchas gracias
 #79055  por Pandilla
 
Hola flor22, claro, hay asunto penal, posiblemente, agravado por la relación laboral. Hay lesiones que pueden ser graves, (no sólo en el presente, sino, también, las posibles consecuencias futuras), amenazas, injuria, posible calumnia, etcétera.
Ahora, hasta donde sé, lo laboral tiene su vía propia; en cuanto a las vías civil y penal, pueden ir, o bien juntas por Sede Penal, o cada una por su lado. Dale una vista a los artículos 29 a 33 del Código Penal de la Nación Argentina, y a la parte del Código Procesal Penal dedicada al tema que corresponda a la jurisdicción.
Por otro lado, tené en cuenta que, al momento en el cual sucedieron los hechos, para la Ley Civil, este muchacho, era menor de edad, (¿o menor emancipado...?); claro, de laguna manera, para la Ley Penal, también, lo es.
También, ¿ya viste el expediente de la causa en Sede Penal?, ¿título...?, además de las prácticas y pericias médicas, ¿le solicitaron a la Fiscalía se haga una pericia médica forense....?, de lo hecho hasta ahora, ¿qué otras pruebas tienen...?.
Bueno, te sería de gran utilidad tratar de ubicar algo de jurisprudencia, de seguro, algo hay.

Saludos y suerte, :lol:

 #79068  por flor22
 
Pandilla muchisimas gracias por tu respuesta, me aclaraste muchisimo la situacion! No habia reparado en la minoria de edad, lo vi solo desde lo laboral. La denuncia la hizo el jueves 28, tienen que notificarlo no? para saber que Fiscalia esta interviniendo, todavia no hay nada de eso. Aparentemente no le quedaron lesiones importantes, igualmente esta en observacion porque tuvo un golpe muy fuerte en la cabeza, y esta muy shockeado por la situacion. Se va a complicar el tema de la prueba, porque los compañeros no quieren atestiguar por miedo a perder el trabajo. El Oficial que le tomo la denuncia, le dijo que este hombre ya fue denunciado el mes pasado por agredir a un empleado. Por ahora con lo unico que contamos es con los certificados de la clinica en la que fue atendido y esta tratando de ubicar a unos clientes del restaurante que vieron lo que sucedio.
Bueno voy a buscar jurisprudencia, y a leer lo que me indicaste. Te agradezco mucho nuevamente, Saludos!
 #79073  por Pandilla
 
Bueno, sea en Capital Federal o en la Provincia de Buenos Aires, el dato de la Fiscalía que actua, (y el Fiscal o Fiscala, y hasta el Juez, intervinientes), te lo pueden pasar en el mismo lugar donde se radicó la denuncia, (pues, si fue en una Polisaría, ellos tienen que informar de esa denuncia a la Fiscalía y Juez de Turno, máxime porque hay un menor de 21 años como parte en un hecho; recorda que para el Derecho Penal, a partir de los 16 años, los menores son imputables, y, para el Derecho Civil, desde los 14 años, pueden ser parte en y de un juicio).
En el Post anterior, me olvide de mencionarte los artículos 1101 en adelante del Código Civil de la Nación Argentina, para que le des una leída.
Por otro lado, ¿cómo llegó el muchacho al hospital o al sanatorio?, ¿quién lo llevó?, recorda que si lo llevaron en forma particular, tienen que haber quedado registrado en el libro de guardia los datos de esas personas y su testimonio sobre ¿de dónde traen a esta persona...?; de seguro, como llegó medio golpeado y tapirulo, los médicos le dieron aviso a la poli, y así sucesivamente. Claro que los polís no te pueden hacer de testigos, pero, algo habrán visto, no?. Así que de por esos actos, podes rescatar algún que otro testigo y testimonio.
Otra cosa es que por ahí intervengan Fiscalía y Juez de Menores, así que no te vendría mal agenciarte de las Leyes que refieren a ellos, (no creo entre la Convención del Niño, pues Niño se es hasta los 18 años; pero, igual, asegurate; sino me equivoco, esas Leyes son la 13298 y la 26061).
Pregunta en el Foro Laboral si alguien tiene y te puede pasar alguna jurisprudencia que te sirva de guía, (si encuentro algo te lo mando).
Por último, (¿en qué jurisdicción estan...?), si tenes el dato, (te lo tienen que pasar en la Poliaría), de la Fiscalía y Juez interviniente, tenes que apersonarte, si te es posible, con escrito de asistencia y representación legal mediante, ante el Fiscal o Fiscala, y decirle que el muchacho esta internado y que, por el momento, o tendrían que esperar para tomarle declaración, o tendrían que ir al Hospital o al sanatorio; otra cosa que tenes que solicitar es la pericia médica forense, (más que nada porque hay tipos de pericias que son irrepetibles en cuanto a "estado de salud" de la persona se refiere, o sea, a ¿cómo quedó fisicamente ni bien sucedido el hecho?, recorda que parte del cuerpo sanada es como una prueba que se puede llegar a diluir).
En cuanto al antecedente que te marcaron los Polis, bueno, "tomalo con pinzas", pues, sino hubo denuncias, pueden configurar "un prejuicio"; (recorda que según el artículo 18 de la Constitución Nacional de Argentina: "Todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario"; Ustedes tienen que romper ese "estado de inocencia" y eso se hace mediante pruebas, testigos, testimonios y pericias que posibiliten que una persona denunciada pueda ser "imputada" de la comisión de tal o cual delito). Otra cosa es que si estan en Provincia, (no recuerdo si en Capital Federal hay), si el supuesto delito penal imputado no supera los 6 años de pena, tienen las opciones de desistir del juicio a prueba o recurrir a la Ley de Mediación y llegar a un acuerdo, (esto por el lado penal, e independientemente de lo que corresponda por el lado laboral).

Saludos y suerte, :lol:
 #79364  por Pandilla
 
Hola flor22, me parece oportuno agregar que la acción penal puede ser por amenazas, calumnia e injuria, agresión física no justificada y agravada por ser contra un menor de edad y el vinculo laboral, y, si hacen juntos penal y civil, daños y perjuicios. Digamos que, como la cuestión laboral va por esa Sede, en lo que respecta a lo penal, tendrías que encontrar alguna jurisprudencia que haya tratado la parte penal del caso en cuestión, (claro, si encontras un caso similar o igual, mejor; lo que si vas a poder encontrar son fallos en los cuales personas mayores agreden o lesionan a menores de 21 años, o a menores de 18 años o a menores de 16 años y por la sucesiva).
Por otro lado, después de recibir al muchacho, la clínica, ¿dió parte a la Policía...?, ¿quiénes trasladaron a el muchacho a la clínica y desde dónde...?, ¿tenes los datos del personal médico y policial que intervino...?.

Saludos y suerte, :lol: