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 #791574  por joel123
 
Buenos días ..soy nuevo en el foro..

Una consulta colegas, Un apersona viajaba en el automóvil utilitario de su empleador de regreso a su hogar, en la parte trasera del mismo y obviamente sin cinturon de seguridad... Este vehiculo choca y el empleado sufre lesiones. Mi duda es si la aseguradora del automóvil, en las condiciones que viajaba el empleado responderá por la indemnizacion por lesiones?
1- en caso afirmativo? el reclamo ante la ART es subsidiario por las lesiones ocasionadas o es otro reclamo a parte.?
2- en caso negativo. el empleado debe reclamar al empleador por las lesiones.. además del reclamo ante la ART?

Otra consulta
Nadie de la aseguradora aun lo ha llamado... Si el damnificado se encuentra imposibilitado de trasladarse hacia la aseguradora para hacer el reclamo, necesito poder apara iniciar el reclamo por el? o una simple autorizacion?
Desde ya muchas gracias...
 #792415  por GLINUX0
 
Vamos por partes. Dudo que la aseguradora responda automaticameente por las lesiones. Entiendo que no va aresponderte si no la demandas judicialmente. Considero esto porque sobre la base de tu relato y sin los pormenores del hecho, entiendo que hay culpa concurrente de la victima y del conductor, circunstancias q seguramnte la aseguradora entendera como autorizaciones para declinar cobertura. Vale lo mismo para la ART. En segundo termino, la denuncia pueden hacerla los derechohabientes.
Creo q debieras observar muy bien la posicion de tu cliente para pasar a la etapa del reclamo, puesto que si bien el no tiene la culpa del choque, si ha permitido con su conducta de ubicarse en un sitio prohibido del vehiculo agravar las lesiones que pudo haber recibido si viajaba en la cabina, no se si me explico.-
 #793704  por joel123
 
Gracias por tu respuesta Glinuxo.
Entonces.., si la aseguradora me rechazara el reclamo, tendrá viabilildad procesal..? o sea. El hecho de viajar en la parte trasera del utilitario, con las puertas cerradas y estando sentado, no le daría derecho a reclamo alguno?
Por otro lado. Entiendo que no existe la doble indemnización. de modo que a quien debería reclamar el perjucio de la victima? a la aseguradora del automotor o a la ART(ya que viajaba a su hogar en horario laboral al final de la jornada)..? o ambas?
Muchas gracias por los aportes, realmente me son de mucha utilidad..!!
 #794398  por clauclau
 
Hola chicos!! yo tengo otra preguntita sobre seguros... tal vez es una preguntonta pero bueh... a mi cliente - peatón - lo atropella un hombre q manejaba en estado de ebriedad. El q lo embistio tiene seguro, pero la aseguradora podria declinar su responsabilidad alegando la culpa de su asegurado??? (por lo q estaba borracho digo) Mi pregunta concreta en realidad es "cuando la aseguradora puede declinar su responsabilidad??
 #794570  por joel123
 
Alguien con experiencia q pueda responder por favor..!!

si la aseguradora me rechazara el reclamo, tendrá viabilildad procesal..? o sea. El hecho de viajar en la parte trasera del utilitario, con las puertas cerradas y estando sentado, no le daría derecho a reclamo alguno..?
Por otro lado. Entiendo que no existe la doble indemnización. de modo que a quien debería reclamar el perjucio de la victima? a la aseguradora del automotor o a la ART(ya que viajaba a su hogar en horario laboral al final de la jornada)..? o ambas?

Muchas gracias por los aportes, realmente me son de mucha utilidad..!!