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  • Muerte del conyugue, Juicio De Divorcio Pendiente

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #794327  por Evis17
 
Hola foristas, hoy me llamaron por mi primer caso y debido a que tengo algunas dudas es que quisiera consultarlo con ustedes. El caso es el siguiente. Mi cliente con otro abogado inicia junto a su conyugue juicio de divorcio por presentación conjunta, luego se transforma en contradictorio y posteriormente según me dijo mi clienta queda inactivo, nose si el conyugue de ella no lo activó más o ella no ha sido notificada de las resoluciones ( yo aun no he podido ver el expediente). Resulta que me llama hoy la mujer que hace dos meses falleció su conyugue y que sus hijos han iniciado la sucesión. Ellos no tienen hijos en común.

Mis dudas son:
¿ ella tiene derecho en esa sucesión? ¿ Debe presentarse como conyugue de él? Por lo que estuve leyendo si, dado a que aun no hay sentencia de divorcio

En caso afirmativo, ella debería hacer mención de la existencia del juicio de divorcio en el escrito de se presente? O solo presentarse normalmente.

Les agradezco mucho la respuesta.
 #794499  por DraCaro
 
Hola,si no hay sentencia de divorcio, ( sin depender de su inscripcion o no) presenta a tu cliente en la sucesion y no tenes porq mencionar el expediente del divorcio, quizas lo hagan los herederos, pero no tienen fundamento legal. Solo van a lograr dilatar la liquidacion del acervo hereditario y por las moscas....si no hay nombrado administrador provisorio,solicita se nombre a tu cliente,solicita se presenten todos los bienes, fijate bien como llevo hasta el momento la sucesion el otro letrado,es muy probable q los bs no esten presentados en su totalidad. Suerte
 #795175  por Evis17
 
Claro, la duda que me surge es por ese articulo, pero también el Codigo en el mismo articulo establece que si la separación es imputable a uno de los conyugues, el otro conserva vocación hereditaria.

Pero en el expediente de divocio habrían que haber probado la separación por más de 3 años?? si no se probó no se puede alegar este articulo verdad??
 #795199  por Tiburcio
 
Primero tenés que preguntarte de qué naturaleza son los bienes.
Si hay gananciales, naturalmente a la esposa le corresponde su parte estén o no separados.
Si son propios del marido, no hereda, salvo que la esposa pruebe que la separación es imputable exclusivamente al muerto.
Me parece bastante chanta presentarla en el sucesorio sin decir nada del expediente judicial de divorcio, a menos que haya acuerdo con los otros herederos.