Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • falsa denuncia

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #659748  por aboglp
 
Estimados, les consulto lo siguiente. Ante una denuncia por la cual se le imputa un delito a una persona, en la cual todavia no hay nada resuelto sino que se esta en la ipp, es posible presentar ahora (es decir antes de que se resuelva) una denuncia por la falsa denuncia + denuncia del delito de calumnias + falso testimonio a quienes declaren; y en sede civil la demanda por daños y perjuicios.
O quizas me conviene esperar a ver si sale el sobreseimiento o la imputacion y ahi actuar?
Gracias!
 #659986  por Pandilla
 
Hola, hasta donde entiendo, si su cliente no cometió delito alguno, lo más práctico sería solicitar el sobreseimiento, y después iniciar la Demanda Civil (ésta, le convendría iniciarla antes de que finalize el proceso penal). Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #660095  por aboglp
 
Si, obviamente que el sobresimiento se va a pedir. Pero tampoco quiero que las personas que imputaron falsamente un delito queden impunes y por eso las quiero denunciar, ademas hay profesionales de la medicina involucrados. Entonces mi consulta se orienta al momento procesal en que seria oportuno interponer las denuncias.
GRacias por aporte pandilla!!!
 #667577  por bogadelnorte
 
Creo que para poder denunciar por falsa denuncia y calumnias e injurias debés tener resuelto previamente el proceso que se le sigue a tu cliente y que te va a dar pié a que denuncies a la/s persona/s que la hicieron. Sino ¿cómo vas a justificar ante el magistrado la "falsa denuncia" de la que fue víctima tu cliente si el proceso continúa su curso? También es cierto que el propio fiscal y/o juez de la causa, por expreso imperativo legal, tendrían de oficio que instar la acción penal por la falsa denuncia conocida (y demás hechos delictivos ocurridos) sin que vos tengas que hacerlo. No siempre sucede, hay que estar siempre al pié del cañón.
Los daños y perjuicios luego y con calma, hay que trabajarlo bien asi se logra una buena condena económica en beneficio de la víctima de tal bajeza humana. Colegas, por favor, dejen de hacer esas mamarrachadas en los tribunales. Se pierde o se gana, pero siempre dentro de la ley sin violentar la lealtad y buena fe procesal. Nos respetemos, no somos enemigos, accidentalmente representamos los intereses de las partes, intereses ajenos, no propios. No hagan perder tiempo sin necesidad y que los tribunales se avoquen a insignificancias descuidando otras causas donde se jueguen importantes y relevantes cuestiones.
Mi opinión en el primer párrafo, un anhelo el segundo. Saludos foristas!
 #667648  por aboglp
 
Despues de la feria deberia salir el sobreseimiento, pero el mismo será porque el acusado es menor. No se comprobó q el delito no existe, al menos es lo que me adelanto el fiscal verbalmente, sino que el sobreseimineto sale por la minoridad.
Mi idea es continuarlo, si la menor fue abusada, se denunciara a todo el entorno, pero mi idea es que el honor del menor acusado quede limpio.
Gracias!!
 #796677  por jeanvaljean02
 
Estoy en un caso similar al planteado, mi clienta fue denunciada penalmente, calumniada, injuriada, todo ello, en un sumario administrativo (es docente). El sumario estuvo instruyéndose durante 4 años, resultó inocente. (diciembre 2011). El problema es quue entiendo que las acciones prescribieron (falsa denuncia, querella por calumnias e injurias, acción civil por daños y perjuicios), porque los testimonios y denuncias falsos e injuriantes son de 2007 a 2009. Ahora bien, mi clienta necesitaba esta declaración de inocencia en el sumario antes de iniciar acciones legales, eso es lógico. ¿Tengo alguna posibilidad de plantear una suspensión de prescripción o algo similar?
Gracias
JV
 #796684  por jeanvaljean02
 
¿El sumario administrativo puede ser cuestión prejudicial o previa conforme al art. 67 del CP?

("ARTICULO 67.- La prescripción se suspende en los casos de los delitos para cuyo juzgamiento sea necesaria la resolución de cuestiones previas o prejudiciales, que deban ser resueltas en otro juicio. Terminada la causa de la suspensión, la prescripción sigue su curso.")
 #796911  por romulo
 
Te respondí en el otro post. Suerte!!!!!!! y felicidades para todos!!!!!!!