Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • MEDIACION, INCOMPETENCIA YPRESCRIPCION

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #796969  por ppppnn
 
RESULTA QUE SE INICIÓ EN CAPITAL EN FEBRERO DE 2009 UNA MEDIACIÓN POR UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO. COMO ES SABIDO LA MEDIACIÓN SUSPENDE POR UN AÑO LA PRESCRIPCIÓN, ENTONCES EN FEBRERO DE 2012 SE DEBE INTERPONER LA DEMANDA, PERO RESULTA QUE VIENDO LA CARPETA TANTO LA COMPAÑÍA DE SEGUROS COMO EL DOMICILIO DEL DEMANDADO SON EN PCIA, ASÍ COMO EL LUGAR DEL HECHO, POR LO CUAL ENTIENDO QUE DEBIERA INTERPONERSE EN PROVINCIA, PERO ENTONCES, PUEDO HACER VALER LA MEDIACIÓN???? Y SI EN EL ACTA DE MEDIACIÓN PUSIERON QUE SE MANIFIESTA INCOMPETENCIA DE LA JUSTICIA NACIONAL EN CASO DE UN FUTURO RECLAMO JUDICIAL??? DEBO INICIARLA EN PROVINCIA PERO ME COMPUTAN EL AÑO DE SUSPENSIÓN YA QUE NO HAY MEDIACIÓN EN PROVINCIA, LO PUEDO OPONER O NO ME SIRVE PORQUE LA MEDIACIÓN NO TIENE VALIDEZ EN LA JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES DE PROVINCIA. ESTO DEBIERA INICIARLO EN SAN MARTÍN.. AGUARDO RESPUESTA A VER QUE HAGO, GRACIAS!!!!
 #797762  por Azulinda
 
Fijate si la citada en garantia no tiene un domicilio en CABA, casi todas lo tienen.

Para los plazos de pcia ( 2 años ) lo tenes prescripto.

Ahora seguramente cerraron la mediacion sin acuerdo, por lo cual no entiendo lo que decis respecto "SI EN EL ACTA DE MEDIACIÓN PUSIERON QUE SE MANIFIESTA INCOMPETENCIA DE LA JUSTICIA NACIONAL EN CASO DE UN FUTURO RECLAMO JUDICIAL??? " me suena raro ya que eso surgiria en un acuerdo o convenio pero no de una simple acta de cierre, como mediadora nunca me paso.

Sld.
 #797849  por ppppnn
 
Si, la mediación la cerramos sin acuerdo pero aparte la abogada hizo agregar en el acta el siguiente texto: " rechazo incompetencia de la justicia nacional en caso de futuro reclamo laboral": La compañía de seguros es Federación Patronal, tiene domicilio legal en la Plata. Nosotros en el estudio siempre hacemos mediaciones porque queremos llegar a un acuerdo de manera extrajudicial con la compañía, y a los efectos del cómputo del plazo de prescripción, se contaron tres años desde la fecha del hecho por el año de suspensión de la mediación pero ahora nos dimos cuenta de esto, de que la compañía tiene domicilio legal en pcia, y además que el hecho fue en pcia y el demandado también vive alli, entonces, no es oponible está mediación en el ámbito provincial?? no se puede hacer nada??.
 #798672  por EJA
 
Vos decís: "cómo es sabido, la mediación suspende la prescripción por un año". Ahora bien, esto lo escuché varias veces en los últimos tiempos, pero es una situación que no me queda clara, ya que desde la entrada en vigencia de la nueva ley el art. 29 reformado de la ley 24.573 quedó derogado ¿Cómo es el tema entonces?

ARTICULO 18. — Prescripción y caducidad. "La mediación suspende el plazo de prescripción y de la caducidad en
los siguientes casos:
a) En la mediación por acuerdo de partes, desde la fecha de imposición del medio fehaciente de notificación de la
primera audiencia al requerido, o desde la celebración de la misma, lo que ocurra primero;
b) En la mediación por sorteo, desde la fecha de adjudicación del mediador por la autoridad judicial;
c) En la mediación a propuesta del requirente, desde la fecha de imposición del medio fehaciente de notificación de
la primera audiencia al requerido, o desde la celebración de la misma, lo que ocurra primero.
En los dos primeros supuestos, la suspensión opera contra todas las partes. En el caso del inciso c), únicamente
contra aquél a quien se dirige la notificación.
En todos los casos, el plazo de prescripción y de caducidad se reanudará a partir de los veinte (20) días contados
desde el momento que el acta de cierre del procedimiento de mediación prejudicial obligatoria se encuentre a
disposición de las partes".


Yo entiendo ahora que la mediación suspende la prescripción por un tiempo indeterminado, es decir, hasta 20 días después de que el acta de cierre del procedimiento de mediación prejudicial obligatoria se encuentre a disposición de las partes.

Saludos.