Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • REAJUSTE DE PREST.ANTICIPADA

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #797052  por noelin
 
HOLA A TODOS: consulto: CLIENTA Q PERCIBIA JUB.ANTICIPADA, DESDE 2007, HABIENDOSE CALCULADO COMO 50% DEL HABER LA SUMA DE $177.20 - AHORA PERCIBE LA MINIMA. SEGUN MIS CALCULOS, SI EL 50% ERAN 177.20, AHORA DEBIERA PERCIBIR AL MENOS EL DOBLE. ESTOY EN LO CIERTO??? ADEMAS CREO Q DEBIERA RECLAMAR LA ACTUALIZACION DE LOS HABERES, Q EN 2007 NO SE HACIA. ESPERO SUS OPINIONES....
 #797066  por hugo2
 
noelin escribió:HOLA A TODOS: consulto: CLIENTA Q PERCIBIA JUB.ANTICIPADA, DESDE 2007, HABIENDOSE CALCULADO COMO 50% DEL HABER LA SUMA DE $177.20 - AHORA PERCIBE LA MINIMA. SEGUN MIS CALCULOS, SI EL 50% ERAN 177.20, AHORA DEBIERA PERCIBIR AL MENOS EL DOBLE. ESTOY EN LO CIERTO??? ADEMAS CREO Q DEBIERA RECLAMAR LA ACTUALIZACION DE LOS HABERES, Q EN 2007 NO SE HACIA. ESPERO SUS OPINIONES....
177 Pesos ???????????'
 #797080  por noelin
 
EN 2007 PERCIBIA 177 MAS SUPL.X MOVILIDAD, EN TOTAL 322. AHORA SOLO LA MINIMA.
 #797088  por hugo2
 
noelin escribió:EN 2007 PERCIBIA 177 MAS SUPL.X MOVILIDAD, EN TOTAL 322. AHORA SOLO LA MINIMA.
Tendrias que ver porque la 25994 decia el 50 por ciento de la jubilacion " o " la minima, por eso en muchos casos no les cambio lo que cobraban porque les correspondia la minima.
 #797105  por SantiagoP
 
Hola Noelin, yo inicie un reajuste de PAD, en la liquidación de Anses (detalle del beneficio) aparece PBU ANTICIPADA, PC ANTICIPADA, PAP ANTICIPADA y SUPLEMENTO POR MOVILIDAD. Como comentó Hugo, se le liquidaba el 50% de las prestaciones más el suplemento por movilidad, si no llegaban al mínimo se les adicionaba el complemento al mínimo.
En principio cuando alcanzaban la edad ordinaria se tenía que liquidar automáticamente el haber correspondiente (art. 3 de la Ley 25994), es algo para chequear (con RUB desde que se liquidó el beneficio).
No me quedó claro un dato: los $177 son la sumatoria de PBU/PC y PAP -en su caso- anticipadas?.
Los jubilados de PAD tenían aportes, asique en principio tendría que haber una diferencia en reajuste (PC y PAP). Por otro lado, según mis cálculos sólo el reajuste de la PBU por Bruzzo (ISBIC) en un haber adquirido en 2007 da más que el haber mínimo actual.
Saludos.
 #797127  por noelin
 
$177.20 era la suma del 50 % de las 3 prestaciones; mas $145 de suplemento x movilidad mas $ 207 de compl.al minimo, se entiende????
 #797142  por SantiagoP
 
Se entiende, la verdad muy bajas las prestaciones, si era $177 la sumatoria, de PBU serian alrededor de $100, el resto PC y PAP. Me llama la atención el importe, sobre todo considerando que hay aportes. Yo en algunos casos he detectado errores materiales (error en la coma en cambios de moneda, servicios no computados, etc), no es de lo más frecuente, pero puede pasar.
¿Tenía remuneraciones muy bajas, o muchos aportes autónomos?
 #797469  por markello
 
Hola Eli, tema mas que interesante, en este caso debemos ver la resolucion otorgatoria.

En este punto coincidimos con Santiago y Hugo, es muy bajo el haber.

Dudas que tenemos y seria interesante nos ayudes:

1.-Cual es la fecha de adquisicion del beneficio?
2.-Cual es el promedio de remuneraciones?

3.-Cuales es el periodo de 10 años de remuneraciones que toman para el calculo?

4.-Es solo relación de dependencia?
5.-Años y meses antes y despues de julio del 94?
6.-Es reparto?
7.-Valor de la PBU, PC y PAP anticipada?

Basicamente es necesario ver la totalidad de la resolucion para evaluar un poco mas la situación.

Es muy bajo para un haber inicial del 2007 aunque sea una PAD, lo unico que nos salvaria es si las remuneraciones son muy antiguas.

Saludos
 #797482  por jarocho
 
Tampoco, aunque los aportes hubieran sido muy viejos o de poca cuantia el complemento al minimo la lleva a la PAD de epoca = 50 % de una jubilacion minima ya que si le estan subsidiando el haber con complemento al minimo se ve que no llegaba y le bonifican para que llegue
 #797487  por markello
 
Veamos que arroja la documental. Es cierto que debe estar percibiendo un haber inferior a la minima.

La unica experanza por ser del 2007 y arrojar un coeficiente de ISBIC importante, es que las remuneraciones sean muy antiguas para que el promedio de remuneraciones se incremente.

Cierto es que por mas que el indice sea importante para la fecha, dependera de las remuneraciones y si estas son muy bajas no se podra hacer mucho.

Saludos
 #797495  por jarocho
 
Parece un juego de palabras pero la forista menciona claramente que hoy cobra la minima.
noelin escribió:EN 2007 PERCIBIA 177 MAS SUPL.X MOVILIDAD, EN TOTAL 322. AHORA SOLO LA MINIMA.
 #797500  por markello
 
Es cierto, pero si no hemos leido mal creemos que intenta verificar la viablidad de un reajuste. Muchos beneficios cobran minima o menos de la minima y el haber reajustado con antecedentes de la corte incrementa la prestación.

Veamos que surge de la resolucion y si corresponde o no el reajuste, quizas siga dando la minima, no desechemos nada antes de ver que dice la resolucion.

saludos
 #797510  por alejandra01
 
yo tuve un caso igual, pero a mi cliente le pagaron siempre la mínima como anticipada. En diciembre de 2010 cumplió los 65 años y siguieron pagándole lo mismo con la dif que ahora los items de su tiket eran PBU PC PAP.
Este año pedí reajuste..y obviamente se lo denegaron..asi que ya estamos en juicio
Yo creo Noelín, que deberías pedir al anses la integración y luego cuando llegue la edad que le corresponde reclamar la diferencia o iniciar la demanda..
 #797541  por noelin
 
HOLA: LA MUJER YA TIENE LA EDAD, ESA ES LA CUESTION. EN 2007 LA LIQ. ERA ASI:
SUPL.X MOVILIDAD 145
COMPL.MINIMO 207
PBU ANTICIPADA 100
PC ANTICIPADA 63
PAP ANTICIPADA 15
TOTAL 514 (MONTOS SIN CENTAVOS)