Hola mi consulta es la siguiente:
Tengo un cliente que junto a su hermana eran tenedores de un inmueble. Luego de un tiempo comienza a tener problemas y la hermana lo excluye del hogar a raíz de una denuncia de violencia familiar. La titular de dominio que es otra pariente , una vez q se anoticia de lo relatado , envía un poder a un tercero para q en su representación haga la donación de un 50 % para su hermano que esta excluido del bien.
Viene a verme y creo que lo mas conveniente es iniciar el desalojo a su hermana , invocando su calidad de co-propietario , pero me surge esta duda.
Primero : no puede exigir la restitución del bien porque ambos originariamente lo ocupaban en la misma calidad de tenedores. Luego se convierte en propietario por recibir la donación del 50 %. ( ¿o si puede invocando tal calidad?)
Les agradecería opiniones y su colaboración , soy nuevo en la profesión y esta rama particularmente no me gusta demasiado.
Saludos
Tengo un cliente que junto a su hermana eran tenedores de un inmueble. Luego de un tiempo comienza a tener problemas y la hermana lo excluye del hogar a raíz de una denuncia de violencia familiar. La titular de dominio que es otra pariente , una vez q se anoticia de lo relatado , envía un poder a un tercero para q en su representación haga la donación de un 50 % para su hermano que esta excluido del bien.
Viene a verme y creo que lo mas conveniente es iniciar el desalojo a su hermana , invocando su calidad de co-propietario , pero me surge esta duda.
Primero : no puede exigir la restitución del bien porque ambos originariamente lo ocupaban en la misma calidad de tenedores. Luego se convierte en propietario por recibir la donación del 50 %. ( ¿o si puede invocando tal calidad?)
Les agradecería opiniones y su colaboración , soy nuevo en la profesión y esta rama particularmente no me gusta demasiado.
Saludos