Una consulta, tengo entendido que los bienes heredados durante el matrimonio son bienes propios... sin embargo vi citas a articulos contradictorios, que ni en trigo represas ni en zannoni se encargan de aclarar porque esta contradicción, ni tampoco encontré nada en ningun lado, al menos una critica que diga "esta virtualmente derogado" o hay que modificarlo, con tanta ausencia lo que paso a estar en duda es mi interpretacion pero la verdad que no encuentro la falla...
El art establece:
Art. 1263. - El capital de la sociedad conyugal se compone de los bienes propios que constituyen el dote de la mujer, y de los bienes que el marido introduce al matrimonio, o que en adelante adquiera por donación, herencia o legado.
Esta diciendo que los bienes de la sociedad conyugal son también los adquiridos por herencia ("en adelante" del matrimonio, osea durante...) salvo que los bienes propios se consideren parte de la sociedad conyugal (imposible)
Lo que se aplica y todo el mundo entiende sale del:
Art. 1272. - Son también gananciales los bienes que cada uno de los cónyuges, o ambos, adquiriesen durante el matrimonio, por cualquier título que no sea herencia, donación o legado
Como se interpreta el 1263 entonces??? que estoy interpretando mal, o porque no hay nada escrito sobre esto en los manuales etc! desde ya gracias si alguien encuentra algo...
El art establece:
Art. 1263. - El capital de la sociedad conyugal se compone de los bienes propios que constituyen el dote de la mujer, y de los bienes que el marido introduce al matrimonio, o que en adelante adquiera por donación, herencia o legado.
Esta diciendo que los bienes de la sociedad conyugal son también los adquiridos por herencia ("en adelante" del matrimonio, osea durante...) salvo que los bienes propios se consideren parte de la sociedad conyugal (imposible)
Lo que se aplica y todo el mundo entiende sale del:
Art. 1272. - Son también gananciales los bienes que cada uno de los cónyuges, o ambos, adquiriesen durante el matrimonio, por cualquier título que no sea herencia, donación o legado
Como se interpreta el 1263 entonces??? que estoy interpretando mal, o porque no hay nada escrito sobre esto en los manuales etc! desde ya gracias si alguien encuentra algo...