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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #80039  por silvanaroccia
 
Gente les ha pasado que al cumplir la edad no le paguen el 50 % restante del haber en forma autómatica como dice el artículo 3??Cómo se hace el trámite ante anses para hacer efectivo el 50 % restante?

ARTICULO 3° - El monto del haber que percibirán los beneficiarios de la Jubilación Anticipada es el equivalente al cincuenta por ciento (50%) del correspondiente al beneficio de jubilación al que tendrá derecho al cumplir la edad requerida de acuerdo a la ley 24.241, no pudiendo en ningún caso resultar inferior al haber mínimo del Régimen Previsional Público de Reparto.

En la fecha en que los beneficiarios de la Jubilación Anticipada cumplan el requisito de edad exigido por el artículo 19 de la ley 24.241, pasarán a percibir automáticamente el haber que corresponda, de conformidad con las prestaciones a las que cada cual tenga derecho.


__._,_.___

 #80045  por ilvinavaleria
 
nunca me ha pasado, siempre fue automatico, cuando cumplio la edad??