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  • NOTIFICACION BAJO RESPONSABILIDAD PARTE ACTORA

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 #235532  por SAILOR
 
Hola Colegas!, esta vez mi duda es en relación a una cuestión procesal.
Inicie demanda de daños y perjuicios contra una constructora, por un inmueble con vicios ocultos y demas, el tema es que envie cedula notificando la demanda al domicilio social, y me volvio negativa.
Mi duda es....¿ se puede enviar una nueva cedula bajo responsabilidad de la parte actora a una persona juridica?
Gracias!
 #236015  por pablin
 
Si, claro que se puede.
Te aconsejo que averigues en la IGJ cual es el domicilio de esa persona jurídica para no tener problemas después.

Salu2, Pablín.
 #236034  por maru333
 
Hola Sailor!!!

Es asi como dice Pablin. En la IGJ pagás 5 o 15 pesos creo, llenas un formulario, y te entregan la informacion al dia siguiente de la solicitud. La dire es Av. Paseo Colón 285.

Suerte!!!
 #237262  por SAILOR
 
Ok. muchas gracias!!, ya fui a diligenciar a la I.G.J. hoy los oficios, pero me olvide de preguntar si tengo que ir a retirar la contestacion o contestan en el expediente??
Gracias nuevamente!!!
 #238266  por Catita_1
 
Consulta, puede hacerlo bajo responsabilidad sin solicitar primero notificar con habilitacion de dias y horas inhabiles?
Nose se me ocurrio, porque siempre hago esos pasos, es mas despues solicito constatacion policial y por ultimo bajo responsabilidad.
 #238495  por SAILOR
 
Supongo que podes pedir se libre bajo responsabilidad siempre y cuando halla vuelto negativa la cedula.
En mi caso volvio negativa, pedi que se libre bajo responsabilidad y me despacharon primero oficio a I.G.J., jejej!!......Suerte!!
 #727076  por holas3567
 
Hola colegas los consulto
en un desalojo se enviaron las cedulas de notificacion comunes y fueron el primer dia y no estaban y fueron la segunda vez y una vecina avisa que los ocupantes estan y procede a fijar el notificador la cedula, esto es la cedula que va dirigida a SUBINQUILINOS Y OCUPANTES esa la fijan, pero la que va dirigida a la persona denunciada NO, Sr. xxxxxxx el notificador procede a devolver esta cedula, pone no encontrado

comento la persona denunciada cuando le llego la demanda vecinos del lugar nos avisaron que se fue el mismo dia, y quedo la otra persona que nunca se dio a conocer, que se debe hacer aqui ??que se debe hacer en este caso al estar solo un ocupante, pido bajo responsabilidad de la parte actora la cedula ? y que le tiren las 2 cedulas o presento algun escrito ??' para los subinquilinos y ocupantes al fijar el notificador la cedula ya estarian notificados, esto es haci ???? pero para la persona contra quien fue la demanda fulano de tal como se hace que hacemos para notificarla ???
hace poco que empece en la profesion y bueno...
GRACIASSSSSSSSSSSSSSSSSSS !!!!!
 #781742  por marlop
 
Estimada:

En que jurisdicción estas??? en capital federal, previo a iniciar el desalojo tenés que intimar por carta documento a que desalojen. De seer así notifica Bajo responsabilidad de la parte actora al mismo domicilio al que mandaste la CD. Que obviamente es el domicilio a desalojar.

En sintesis, yo notificaría bajo responsabilidad de la parte actora al domicilio a desalojar.

Saludos
 #800406  por Gineta
 
Hola a todos... acá me encuentro en Enero tratando de resolver la cuestión de un traslado de demanda bajo resposabilidad de la parte actora. La cuestión es así: Se trata de un juicio laboral con 6 demandados: 4 personas físicas y 2 sociedades de hecho. En verdad yo represento a 1 de las sociedades de hecho y sus dos integrantes, las otras dos personas demandadas que forman otra sociedad de hecho: no viven, ni trabajan en el mismo domicilio que mis clientes, sin embargo las cédulas de traslado a los codemandados las enviaron al domicilio de mi cliente bajo responsabilidad de la actora con lo cual el oficial notificador se las dejó a mis clientes aún ante la manifestación de éste de que esas personas no vivían allí. De ahí que llegan a mis manos. Cómo puedo proceder??? Presento un escrito firmado por mis clientes denunciando que los codemandados no tienen su domicilio allí. La realidad es que son familiares pero no tienen nada que ver uno con otro. Es por ello que no quiero hacer silencio y dejarlos rebeldes por que sí. Debería presentarse el 02/02/12!!! Si alguno está aburrido en esta feria y tiene ganas de ayudarme bienvenido sea!!!!!!!!!! Saludos cordiales a todos y muy buen 2012!!!
 #800421  por Squonk
 
Gineta escribió:Hola a todos... acá me encuentro en Enero tratando de resolver la cuestión de un traslado de demanda bajo resposabilidad de la parte actora. La cuestión es así: Se trata de un juicio laboral con 6 demandados: 4 personas físicas y 2 sociedades de hecho. En verdad yo represento a 1 de las sociedades de hecho y sus dos integrantes, las otras dos personas demandadas que forman otra sociedad de hecho: no viven, ni trabajan en el mismo domicilio que mis clientes, sin embargo las cédulas de traslado a los codemandados las enviaron al domicilio de mi cliente bajo responsabilidad de la actora con lo cual el oficial notificador se las dejó a mis clientes aún ante la manifestación de éste de que esas personas no vivían allí. De ahí que llegan a mis manos. Cómo puedo proceder??? Presento un escrito firmado por mis clientes denunciando que los codemandados no tienen su domicilio allí.
Sí, yo haría eso, devolviendo las cédulas recibidas, pero les informaría a los codemandados la situación para que urgente consulten con sus abogados, dado que si quedan rebeldes les van a trabar cautelares.
Saludos