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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #799229  por adrianne
 
Estimados foristas:

Ante todo Feliz 2012!. Agradecería sugerencias respecto del siguiente tema. En el 2010 me encomendaron un divorcio q en un principio era contradictorio y luego lo convertimos en 214. En julio de 2010 se dicta sentencia y por un convenio de honorarios firmado con la demandada q era mi clienta, en ese momento tendría q haber cancelado honorarios y no lo hizo por lo cual inicié una homologación del convenio q me firmó el año pasado y este año pienso iniciar la ejecución. Mi pregunta es la siguiente yo confeccioné el oficio para hacer la inscripción del divorcio , lo retiré, pero nunca lo presenté por la falta de pago de honorarios. Lo tengo en mi poder. Debo inscribirlo? o puedo no hacerlo y cuando pague presentarlo? Puede hacerme alguna denuncia por no haber completado el juicio? el convenio de honorarios dice q el pago debería efectuarse a más tardar al momento de dictarse SENTENCIA FIRME en el pleitoy no dice nada respecto a la inscripción . Agradecería opiniones. Sds Adri *flor*
 #799374  por diegogvillamayor
 
reintegra el oficio al expediente. Manifesta que perdiste con tacto con tu cliente y no lo podes ubicar para termnar el tramite.
saludos.

Nunca hagas ningun oficio o testimonio de divorcio si no te pagaron. Deja todo en la sentencia y su notificacion. luego que te paguen el divorcio, arreglar para inscribirlo y que te paguen por ello.
 #799634  por adrianne
 
Hola Diego: Primeramente quiero agradecerte como siempre tu ayuda!!! Entonces lo devuelvo en el divorcio y continúo con mi expte. de ejecución de honorarios. Tengo q manifestar algo en el expte. de ejecución de honorarios? mi temor es q me conteste la demanda y q diga q la perjudiqué porque no le terminé el trámite de divorcio . Sds Adri *flor*
 #799736  por diegogvillamayor
 
tenes que manifestar que perdiste contacto con tu cliente, si no lo hubicas no podes inscribir el divorcio, xq tenes que pagar para ello. Y no vas a pagar vos, por otro lado el divorcio culmino con la sentencia y su notificacion la inscripcion es un tramite administrativo.

saludos
 #800641  por adrianne
 
Gracias Diego!!! Adri *flor*