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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #800119  por DeniCrane
 
Hola colegas del foro, estoy empezando a tramitar la jubilación de un señor dedicado a tareas de construcción. Pienso comprar lo que falta con SICAM.
En el SIJP anterior a 07/1994 figuran 70 meses con cód. de servicio 00 (tareas comunes), pero se desempeñó como oficial albañil en empresas de construcción.
Pregunta 1. ¿Puedo considerar esos 70 meses como tarea diferencial (construcción) para hacer el prorrateo (55 años/ 25 servicios).

También tiene registrado meses de aportes con:
cód.29:chofer de cargas en gral (55 años/ 25 servicios);
cód.09: decreto 3555/72 - Ind. de la carne (55 años/ 30 servicios);
Pregunta 2. Debo prorratear esos meses también.

Pregunta 3.También tiene 2 meses de cód.10. me dijeron que los aportes en esa actividad bonifica x3 osea debo considerar 6 meses en esa actividad. ¿es así?

Pregunta 4.¿Que tipo de documental necesito para acreditar los aportes en RRDD?

Gracias desde ya.
 #800134  por jarocho
 
DeniCrane escribió:Hola colegas del foro, estoy empezando a tramitar la jubilación de un señor dedicado a tareas de construcción. Pienso comprar lo que falta con SICAM.
En el SIJP anterior a 07/1994 figuran 70 meses con cód. de servicio 00 (tareas comunes), pero se desempeñó como oficial albañil en empresas de construcción.
Pregunta 1. ¿Puedo considerar esos 70 meses como tarea diferencial (construcción) para hacer el prorrateo (55 años/ 25 servicios). Si, iniciando a partir del 01-05 -2012, debes probarlo con libreta, supletoriamente Certificacion, Recibos, IERIC y O. Social. Deben salir 00, esta bien, pero son bonificables

También tiene registrado meses de aportes con:
cód.29:chofer de cargas en gral (55 años/ 25 servicios);
cód.09: decreto 3555/72 - Ind. de la carne (55 años/ 30 servicios);
Pregunta 2. Debo prorratear esos meses también.
SI
Pregunta 3.También tiene 2 meses de cód.10. me dijeron que los aportes en esa actividad bonifica x3 osea debo considerar 6 meses en esa actividad. ¿es así?
No en este caso porque es el año cabeza y cola al mismo tiempo

Pregunta 4.¿Que tipo de documental necesito para acreditar los aportes en RRDD?
Certificacion, recibos, carnet sindicato y-o O.Social

Gracias desde ya.
 #800218  por DeniCrane
 
Muchas gracias JAROCHO, te pregunto, todo lo que me figura en el SIJP debo acreditar con Libreta, Certificacion, recibos, carnet sindicato y-o O.Social, etc.???
 #800224  por jarocho
 
Lo que esta en SIJyP vale por si mismo, solo en el caso de la construccion deberas apuntalar con libreta ya que eran comunes en esa epoca.
Lo ideal es llevar lo que tengas de todo y a medida que te pidan....
 #800247  por diegomdp
 
jarocho escribió:Lo que esta en SIJyP vale por si mismo, solo en el caso de la construccion deberas apuntalar con libreta ya que eran comunes en esa epoca.
Lo ideal es llevar lo que tengas de todo y a medida que te pidan....
jarocho vos sos uan persona que la tiene clara pero te voy a corregir algo, yo tenia el mismo error que vos,es una creencia en anses que la cabeza y al cola no se elevan, pero es un error y ademas no es lo que hace el sica que si las eleva, cuando me capacitaron a mi me dijeron lo mismo pero despues de haber visto 500 sica y la normativa pertinente cambie mi criterio.

la cabeza y al cola se elevan pero el limite lo tenes en el plazo calendario vamos a ponerlo con ejemplo si vos tenes un codigo 51 de veraneo con solo dos años consecutivos y trabajaste de enero a marzo del primer año tomas 9 meses y del segundo solo 3 porque el segundo vos haces la elevacion que te da 9 pero como el palzo calendario son 3 meses el plazo maximo a tomar termina siendo 3 meses, por lo que en el caso anterior terminarias computando 12 meses

ahora si el periodo fuera de junio a agosto de dos años consecutivos en el primer año harias 3x3=9 pero como de junio a diciembre hay 7 tomas solo 7 y en el segundo harias 3x 3=9 pero como de enero a agosto hay 8 tomas 8.
eso eslo que hace el sica igual yo ni en pedo elevo un codigo 10 para ahorrarme unos pocos meses con lo barato que sale la moratoria, primero porque encontrar gente que conozcaque el 10 se bonifica es una historia y porque segundo la mayria le va a decir lo mismo que vos no se elevan cabeza/cola, porque les da fiaca cargar el codigo de bonificacion la cantidad de dias.
si tenes lagun amigo iniciador fiajte carga uno de prueba y vas a ver que tengo razon.
saludos
 #800296  por jarocho
 
Estamos confundiendonos, yo conteste asi :
Pregunta 3.También tiene 2 meses de cód.10. me dijeron que los aportes en esa actividad bonifica x3 osea debo considerar 6 meses en esa actividad. ¿es así?
No en este caso porque es el año cabeza y cola al mismo tiempo
Los servicios codificados como C.Se 00 o C.Se 10 se consideran comunes 65/60 -30
///////////////////////////////////
Con respecto a tu acotacion Diegomdp, agradezco la buena intencion, opino que el Sica bonifica todos los periodos con codigo diferencial segun tabla y produce elevacion si se cargaron con cortes anuales sin encimarlos con otros servicios aunque sean consecutivos y dentro del año calendario; para todos, tiene un tope de 360 dias credito anuales, pero luego, se toman las interrupciones donde no hubo real prestacion de la tarea diferencial y se debita tiempo antes bonificado por Sica que pasan a comunes para computos.-
 #800298  por diegomdp
 
jarocho escribió:Estamos confundiendonos, yo conteste asi :
Pregunta 3.También tiene 2 meses de cód.10. me dijeron que los aportes en esa actividad bonifica x3 osea debo considerar 6 meses en esa actividad. ¿es así?
No en este caso porque es el año cabeza y cola al mismo tiempo
Los servicios codificados como C.Se 00 o C.Se 10 se consideran comunes 65/60 -30
///////////////////////////////////
Con respecto a tu acotacion Diegomdp, agradezco la buena intencion, opino que el Sica bonifica todos los periodos con codigo diferencial segun tabla y produce elevacion si se cargaron con cortes anuales sin encimarlos con otros servicios aunque sean consecutivos y dentro del año calendario; para todos, tiene un tope de 360 dias credito anuales, pero luego, se toman las interrupciones donde no hubo real prestacion de la tarea diferencial y se debita tiempo antes bonificado por Sica que pasan a comunes para computos.-

tenes razon lei para el culo te corregi al pedo no dijo que tenia dos años consecutivos dijo que tenia un año solo. te pido disculpas.

igual la explicacion le va a venir bien a alguno que no lo sepa que son la mayoria ja

saludos