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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #800260  por aequitasolav
 
hola gente!!! soy completamente nueva, hice un curso pero como ya saben...la practica es totalmente diferente, y estoy media perdida.caso: sra extranjera ( la cual es mi madre) con ingreso 1969 con 19años de edad.no tiene aportes es pensionada,la ingreso por sicam sin problemas , paga 1er cuota porque lo realice directamente sin sdm,para presentar en anses lleva todos los formularios requeridos y le dicen en anses que estaba rechazado porque no tenia los años correspondientes en pais??? y que tenia que abonar todo completo porque tenia un beneficio(osea pension) llama al 130 y le dan otro turno sin mas, solo le dijo y bueee si no te lo recibieron por algo es ... porfavor una ayuda!! se que es solidraio el sitio por lo que estuve leyendo no quisiera molestar pero estoy perdida. lo peor es que no vivo cerca de mi mama por eso no pude estar con ella para poder entender al que la atendio. disculpen!!!
 #800266  por diegomdp
 
lo de pagar la moratoria de contado de tu mama esta bien, sino tendra que iniciar un largo o corto , dependiendo el juzgado, proceso judicial, y eso es teoria si hiciste el curso lo deberias saber es algo basico y que ademas no es nuevo lleva mas de 5 años vigente.
ahora si tiene derechoo no no puedo saberlo porque no nos das los datos suficientes minimo deberiamos tener la fecha de nacimiento

saludos
 #800293  por aequitasolav
 
gracias dr. por contestacion pronta,si perdon no di ndatos concretos, fn el 11/04/1950, 18a en 1969, en sicam situac.revista pase de04/68 al 09/93 y lo que me confundio es que me al darme la posibilidad de cuotas las hice en 33 , en f.159 determina "total monto a cancelar en cuotas" $19.917,56 importe de la 1ra cuota tanto, y de las siguientes tanto. mi mama abono la 1er cuota en banco con recibo que imprimi del sicam y las siguientes boletas para pagar en los siguientes meses . y la verdad no entiendo que parte me perdi de lo que tiene que abonar completo. es decir que tendria que abonar $19.917.56??? gracias por la contestacion , acudo a molestarlos porque realmente quiero saber como tengo que hacer ,disculpen .
 #800304  por diegomdp
 
la verdad te perdiste varias cosas, primero gracias por el titulo pero no soy doctor :mrgreen: , hablando en serio esta mal el tramite hecho tenes varios errores , tu mama entro en el 69 y vos compraste desde el año 68 no podes comprar aportes si no estaba en el pais, la ley tiene un pincipio de territorialidad, si bien existe alguna excepcion muy a las perdidas, tu mama no entra.
otra cosa desde el 69 al 93 mas la edad excedente no hay 30 años de aportes ni siquiera desde el 68 habia 30 años de aportes con lo cual como hiciste para lelgar a los 30 años
 #800346  por molinag
 
aequitasolav escribió:fn el 11/04/1950, 18a en 1969
Tiene 62 años y meses, ni una argentina se jubila sin aportes posteriores al 93 ..
aequitasolav escribió:en sicam situac.revista pase de04/68 al 09/93 y
Mal , desde la fecha de ingreso...
aequitasolav escribió:y la verdad no entiendo que parte me perdi de lo que tiene que abonar completo. es decir que tendria que abonar $19.917.56??? gracias por la contestacion , acudo a molestarlos porque realmente quiero saber como tengo que hacer
es porque tiene un beneficio, lee, hay bastante material y estas bastante perdida, y terminara perdiendo plata tu mama..
 #800363  por Anyweb
 
ERROR. Tiene 61 años y 9 meses.
Si no tiene aportes posteriores al 09/93 no hay muchas posibilidades de jubilarla. Y no te aconsejo el SDM.
De todos modos para no seguir cometiendo errores como el que planteás te aconsejo acudir a un profesional.
 #800415  por aequitasolav
 
bueno disculpa por lo de dr.igual sabes bastante por suerte para encaminarme, enrealidad me doy cuenta que no aprendi nada en curso o mejor dicho no nos enseñaron nada!!! gracias por tu tiempo,por las respuestas .y bueno ya que esta una ultima consulta tengo que dar de baja sicam??? y la 1er cuota abonada esta perdida o puedo hacer algo para que se le reintegre ??? disculpas nuevamente y muchas gracias por la solidadridad!!
 #800420  por pana
 
hola coincido con los colegas, en caso que quieras rehacer da de baja el sicam, en realidad el dinero no te lo devuelven sino que queda a cta. Tene en cuenta q en caso de los extranjeros se toma en cta la fecha de ingreso al pais,despues es igual para todos, empieza con 18 años a partir del año 1955, los 30 años exigidos a todos (salvo exepc), el exceso de edad, art 3 o 38 segun corresponda, beneficios al cese si llegara a aplicar .....
Yo a diferencia de lo que puso uno de los foristas si haces bien el sdm no hay problema, yo sigo iniciando, cuidando todos los detalles y no he tenido problemas,
Fijate q hay un post q se habla sobre sdm actual
saludos
 #800508  por aequitasolav
 
gracias chicos !!! les super agradezco a todos por el tiempo,por la informacion y voy a tratar de rehacerlo despues les cuento que salio de todo esto!!!... mi idea es aprender y seguramente en algun momento poder ayudar a alguien como lo hacen ustedes !!! para ello falta pero bue!!! las ganas estan, muchisimas gracias por todo, de verdad!!! graciassss.
 #800519  por diegomdp
 
el tema del sdm es que vos podes minimizar el riesgo al maximo, jamas eleiminarlo, pero si tenes que presentar en una udai que no entiende nada de derecho previsional y deniega todo por denegar todo estas al horno aca hay tres, pero de las dos conocidas una deniega el 80 la otra acuerda el 80, la que deniega el 80 un par de abogados dictaminantes son conicdos y ahsta amigos mios y son unos idiotas, la verificadora no va a la casa(ella dice que va pero que no hay nadie) ellos saben que es mentira y los de legales la deniegan igual, eso implica ir a la carss perderte un año para que la carss te diga haga nueva verificacion y si le metes reconsideracion tardan mas de un año y lo digo por experiencia propia.
asi que vos podes ser el mejor pero te encontras con el peor y la cosa no camina al menos en el corto plazo y si tenes que meter 10 tramites y tenes que andar mas de 2 años peregrinando se te vuelve insalubre tu propio trabajo.

saludos
 #800579  por danymosqueira
 
ES CIERTO QUE SI TIENE PENSION TENES QUE PAGAR TODA LA DEUDA, SI NO QUERES IR A JUICIO EL JUICIO ES SUMARISIMO Y LO VAS A GANAR YA HAY FALLOS QUE LO DEMUSTRAN PERO TARDAN PARA QUE LE HACEPTEN PAGAR POR MORATORIA, ASI QUE EN TU CASO PRIMERO TENDRIAS QUE HACER LA SITUACION DE REVISTA ASI A PARTIR DEL MES QUE ENTRO AL PAIS HASTA 09/1993 QUE ES LO QUE TE PERMITE LA MORATORIA SUMAS A ESTOS MESES 10 MESES QUE NO COMPUTA TU MAMA POR EDAD AVANZADA Y EL RESTO QUE TE FALTA PARA LOS 30 AÑOS DE APORTES SE LO COMPRAS COMO SDM, OJO FIJATE LA NUEVA RESOLUCION 71/11, QUE PODES COMPRAR DESPUES DEL AÑO 2006 A LA FECHA, SEGUNDO PONER CARGA HORARIOA SEMANAL LA MAS BAJA Y TERCERO HAY DOS NUEVOS FORMULARIOS QUE ALGUIN SE TIENE QUE PRESENTAR COMO DADOR DE TRABAJO.
ASI QUE EN PRINCIPIO PAGAS LO DE DOMESTICA Y PRESENTAS LOS FORMULARIOS CON MAS LO DE LA MORATORIA EN OPCION UN PAGO TE SALE MENOS DEUDA, SINO SEGUNDA OPCION PAGAS DOMESTICA ESPERAS QUE TE RECHACEN LA MORATORIA POR SER PENSIONADA Y VAS A JUICIO SUMARISIMO Y LO GANAS PERO ASESORATE BIEN COMO ES ESTE TIPO DE JUICIO YO PREFIERO QUE PAGUEN, TOTAL DESPUES COBRAN EL HABER COMPLETO Y EN UN AÑO RECUPERAN EL CAPITAL INVERTIDO, CON MAS QUE AL SER JUVILADA SI PIDIO ALGUN PRESTAMO PARA LLEGAR AL DINERO LE DAN POR RESIVO DE SUELDO Y DE PENSION Y YA...ESPERO TE SIRVA...SALUDOS
 #800746  por andrea1982
 
danymosqueira escribió:ES CIERTO QUE SI TIENE PENSION TENES QUE PAGAR TODA LA DEUDA, SI NO QUERES IR A JUICIO EL JUICIO ES SUMARISIMO Y LO VAS A GANAR YA HAY FALLOS QUE LO DEMUSTRAN PERO TARDAN PARA QUE LE HACEPTEN PAGAR POR MORATORIA, ASI QUE EN TU CASO PRIMERO TENDRIAS QUE HACER LA SITUACION DE REVISTA ASI A PARTIR DEL MES QUE ENTRO AL PAIS HASTA 09/1993 QUE ES LO QUE TE PERMITE LA MORATORIA SUMAS A ESTOS MESES 10 MESES QUE NO COMPUTA TU MAMA POR EDAD AVANZADA Y EL RESTO QUE TE FALTA PARA LOS 30 AÑOS DE APORTES SE LO COMPRAS COMO SDM, OJO FIJATE LA NUEVA RESOLUCION 71/11, QUE PODES COMPRAR DESPUES DEL AÑO 2006 A LA FECHA, SEGUNDO PONER CARGA HORARIOA SEMANAL LA MAS BAJA Y TERCERO HAY DOS NUEVOS FORMULARIOS QUE ALGUIN SE TIENE QUE PRESENTAR COMO DADOR DE TRABAJO.
ASI QUE EN PRINCIPIO PAGAS LO DE DOMESTICA Y PRESENTAS LOS FORMULARIOS CON MAS LO DE LA MORATORIA EN OPCION UN PAGO TE SALE MENOS DEUDA, SINO SEGUNDA OPCION PAGAS DOMESTICA ESPERAS QUE TE RECHACEN LA MORATORIA POR SER PENSIONADA Y VAS A JUICIO SUMARISIMO Y LO GANAS PERO ASESORATE BIEN COMO ES ESTE TIPO DE JUICIO YO PREFIERO QUE PAGUEN, TOTAL DESPUES COBRAN EL HABER COMPLETO Y EN UN AÑO RECUPERAN EL CAPITAL INVERTIDO, CON MAS QUE AL SER JUVILADA SI PIDIO ALGUN PRESTAMO PARA LLEGAR AL DINERO LE DAN POR RESIVO DE SUELDO Y DE PENSION Y YA...ESPERO TE SIRVA...SALUDOS
Naaa en serio es abogado?
 #800940  por diegomdp
 
danymosqueira escribió:ES CIERTO QUE SI TIENE PENSION TENES QUE PAGAR TODA LA DEUDA, SI NO QUERES IR A JUICIO EL JUICIO ES SUMARISIMO Y LO VAS A GANAR YA HAY FALLOS QUE LO DEMUSTRAN PERO TARDAN PARA QUE LE HACEPTEN PAGAR POR MORATORIA, ASI QUE EN TU CASO PRIMERO TENDRIAS QUE HACER LA SITUACION DE REVISTA ASI A PARTIR DEL MES QUE ENTRO AL PAIS HASTA 09/1993 QUE ES LO QUE TE PERMITE LA MORATORIA SUMAS A ESTOS MESES 10 MESES QUE NO COMPUTA TU MAMA POR EDAD AVANZADA Y EL RESTO QUE TE FALTA PARA LOS 30 AÑOS DE APORTES SE LO COMPRAS COMO SDM, OJO FIJATE LA NUEVA RESOLUCION 71/11, QUE PODES COMPRAR DESPUES DEL AÑO 2006 A LA FECHA, SEGUNDO PONER CARGA HORARIOA SEMANAL LA MAS BAJA Y TERCERO HAY DOS NUEVOS FORMULARIOS QUE ALGUIN SE TIENE QUE PRESENTAR COMO DADOR DE TRABAJO.
ASI QUE EN PRINCIPIO PAGAS LO DE DOMESTICA Y PRESENTAS LOS FORMULARIOS CON MAS LO DE LA MORATORIA EN OPCION UN PAGO TE SALE MENOS DEUDA, SINO SEGUNDA OPCION PAGAS DOMESTICA ESPERAS QUE TE RECHACEN LA MORATORIA POR SER PENSIONADA Y VAS A JUICIO SUMARISIMO Y LO GANAS PERO ASESORATE BIEN COMO ES ESTE TIPO DE JUICIO YO PREFIERO QUE PAGUEN, TOTAL DESPUES COBRAN EL HABER COMPLETO Y EN UN AÑO RECUPERAN EL CAPITAL INVERTIDO, CON MAS QUE AL SER JUVILADA SI PIDIO ALGUN PRESTAMO PARA LLEGAR AL DINERO LE DAN POR RESIVO DE SUELDO Y DE PENSION Y YA...ESPERO TE SIRVA...SALUDOS
nueva resolcion que podes comprar despues del año 2006? por dios las cosas que hay que leer, lee la nueva circular (no resolcion) no cambia nada las anteriores.

creo que explique muy bien que pasa con los sdm y hay cientos de post aca que dan cuenta de la complejidad que puede acarrear un tramite con sdm, tratarlo con tal liviandad y ademas por alguien que se nota que no domina ni la teoria del sdm por el horror de decir que no se puede tener sdm antes del 2006 me parece muy poco responsable