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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #800985  por cecemax
 
Hola. Siempre ingreso al foro como visitante para mantenerme actualizada, les agradezco sus debates porque sirven mucho para para ver que hacer con los cambios a que nos enfrentamos todos los días. Ahora necesito hacerles una pregunta, quizás alguien me pueda ayudar:
Un hombre de 65 años en condiciones de Jubilarse, tiene 5 meses de pagos efectuados pero fuera de padrón de autonomos en el período 2 al 6 del 2004. Es decir no corresponde a ninguna inscripción. No le importa perderlos, PERO MI PREGUNTA ES : ¿LOS PONGO O NO EN SICAM? Mi criterio dice que no, pero le consulte a una persona de AFIP y me dijo que sí. El tema es que por la Resolución 555/10 entiendo que no debería ponerlos, ya que no fueron realizados en tiempo sino el año pasado. ¿O deberia ponerlos y renunciarlos ? Desde ya agradezco su ayuda.
 #800992  por arielruiz86
 
Es que no podes incorporarlo manualmente (no te lo permite el sistema) atento a que son de periodos no prescriptos (hay que ir a "pasear o veranear" a la afip para buscarle alguna solución) eso por una lado, y por otro lado por la Res Gral 3062 de Afip y la circular 33/11, normas que se conjugan y complementan entre si, solo admite incorporar situación de revista en el sicam sin su correlato o reflejo en el PUC (pestaña de datos personales del sicam) en los siquiente casos: que se presentan las pruebas que avalen dicha actividad para periodos posteriores al 09/93, o se tratasen de peridos que esten págos en tiempo y forma (circular 58/10) o que sean de periodos anteriores al 09/93 si se opta por la actual moratoria 24476. O bien la mas facil, dependiendo del agrado, gusto, credibilidad o demora de la afip que te toque en suerte; es la de simplemente desconocer dichos pagos olvidandonos asi todo el "enrrollo" de normas descripto anteriormente.
 #801194  por cecemax
 
Muchas Gracias por tu respuesta!!! Si eso es lo que más me preocupa y complica de este trabajo, es que nunca estan muy claras las reglas. Yo ya consulté en AFIP el año pasado para desconocer los pagos y me dijeron que no convenía, y que lo pagado se acreditaba a otra deuda, pero no fue así. Bueno, muchas gracias de nuevo y despues les cuento como resultó por si a alguien le sirve.
 #801273  por andrea1982
 
Seguí el consejo de ariel. Me parece que Mariela leyó mal, ya que estás hablando de PAGOS realizados.
 #923500  por Tita Gasco
 
Cecemax
¡como solucionaste este tema?
tengo un caso parecido.
Agradeceré tu aporte o el de algún otro forista que le haya tocado algo parecido
Muchas gracias
Tita
 #923911  por Tita Gasco
 
Cecemax u otros foristas
Resolvieron casos parecidos que puedan contar la experiencia?
Gracias
Tita