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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #732046  por djdanico
 
Que tal amigos:
les escribo desde un pueblo de Santiago del Estero para pedirles asesoramiento.
Hoy por la mañana fuí a convertirme en un gestor autorizado en el ANSES; les cuento que no soy abogado, ni contador, ni represento a ningúna entidad sin fines de lucro, o sea, no cumplo con los requisitos de la Ley 17.040; para mi asombro me acreditaron como tal en el ANSES, falta que me habiliten para poder tramitar.
Por lo que leí de ustedes en el foro, nosotros los legos NO PODEMOS realizar el trámite, pero es en la institución misma donde te lo permiten.
Yo les quería preguntar por algo muy puntual, así que déjenme explicarles primero.
Trabajo en un cyber sacando constancias de CUILs, turnos para la Asignación Universal, estado de trámites de PNC, etc.
Por acá cobramos $ 3,00 un turno para ser entregado en el ANSES que se encuentra a 30 kilómetros del pueblo donde vivimos; el transporte para llegar hasta allí y volver cuesta $ 12,00 ($ 6,00 de ida y $ 6,00 de vuelta), en total las personas que viven en el pueblo y zonas rurales aledañas, tienen un gasto de $ 15,00 más la mañana perdida para realizar el trámite.
Se me ocurrió después de leer algo que podía cobrarles yo $ 8,00 y realizarles el simple trámite de entregar las libretas a través del Gestor Autorizado por ANSES.
Después de acreditarme la señora que me atendió me dijo que fuese otra vez a la recepción.
Allí un señor me dijo que no puedo llevarles muchas libretas para dejarles porque "el trámite es personal", pero después me dijo que puedo llevar "una sola".
No entiendo: si es personal, ¿por qué puedo entregar sólo una y no muchas?
Y si lo que dicen ustedes (con ley en mano) sobre los únicos habilitados para el trámite, ¿por qué me lo acreditan a mi?
Quisiera que me asesoren si es que no molesto mucho.
Como ven tengo una finalidad económica en mi intención, pero esa intención les ahorra $ 7,00 a los beneficiarios, más el medio día que no pierden, con solo desligarse del trámite dejándomelo a mi.
Algo más, la señora y el señor que me atendieron parecían una contestadora automática: "para este problema marque 1, sino marque 2, sino marque..." no se si me explico; lo que quiero decir es que parece que no tienen una idea acabada de lo que hacen allí.
Hasta pronto.
 #732141  por lilita09
 
Quizás por lo que decís que no sabían lo que hacían te tomaron el tramite para ser gestor autorizado por anses,hasta donde yo se solo los abogados y/o procuradores pueden solicitar la credencial de anses para ser gestores autorizados, te pregunto ya te dieron la credencial ? o solo hiciste el pedido ? lo de llevar las libretas de la asig. aparte de ser un tramite personal al menos aca en Bs As, es lógico que no podes llegar con 20 libretas recorda que esta el resto del comun de los mortales esperando ser atendido,te cuento tampoco yo soy profesional habilitada así que si conseguis la credencial avisame que voy para allá a sacar mi credencial, coterraneo un saludo cordial.
 #732188  por diegomdp
 
como bien decis los empleados que te atendieron no conocen nada de normativas, por lo tanto los tramites que dependan de ellos podran hacer cualquier mamarracho, como tomar una libreta de un tercero sin estar en los casos contemplados en la normativa, como iniciarte el tramite de gestor previsional, pero el problema es que algunos tramites no depedende de ellos, como el de habilitarte en el padron de abogados y gestores, eso se hace desde capital, antes lo hacia la uca (unidad central de apoyo) ahora tiene un nombre raro y largo que no lo recuerdo, por lo que cuando llegue a capital no te lo deberian habilitar nunca.
en cuanto a la asignacion universal las libretas deben ser entegadas por los titulares en caso de excepcion se puede designar un apoderado cuando el titular estuviera privado de su libertad o cuando este imposibilitado de inmovilizarse, debiendo llevar certificado medico para demostrar dicha situacion, igual como te dije si el que carga la libreta no conoce la normativa se lo puede cargar a cualquiera.
con respecto a presentar 20 habira que ver si no hay cruce entre el sistema de turnos y el de carga de libretas para evitar cargar una libreta de alguien que no tiene turno como sucede cuando queres cargar un tramite previsional sino tenes turno no se puede cargar por udai.
 #732700  por djdanico
 
Muchísimas gracias por la respuesta.
En lo único que estoy interesado es en entregar las libretas en lugar de la gente que tiene que hacerlo por sí misma. Yo calculo que son alrededor de 500; no estoy interesado en realizar trámites jubilatorios ni de pensión. Por lo que me dicen ustedes y la ley, necesito recibirme de abogado para tramitar, y lo posible es que no me den la credencial (de igual maneras el Lunes voy para el ANSES y les cuento).
Les repito esto: sólo me interesa entregar las libretas, en eso veo unos unos pesos yo y les ahorro unos pesos a ellos. Si me llegasen a entregar la credencial, ¿podría llevar varias a la vez, digamos unas 20 o treinta?, de lo contrario entregando sólo de a una no me resulta redituable por razones obvias.
 #732930  por diegomdp
 
si sos abogado tampoco te da autorizacion para presentar la libreta por mas que estes habilitado las circular es clara titular o apoderado en caso de excepcion si la persona esta privada de su libertad o imposibilitada de movilizarse, con respecto a presentar 20 ya te conteste, en teoria es un turno por persona si pueden cargar 20 preguntaselo a los que los tienen que cargar
saludos
 #732955  por alejandra01
 
sino cobrales el viaje y llevalos en tanda de a 5...por ahí, terminás haciendo charter y te va mejor...
Da para todo si tenés tanta demanda de trabajo de ese tipo...
 #733369  por maripla50
 
Hola
Argentina es un pais muy generoso y lo cierto es que, lo que pasa en Capital, NO SUCEDE EN EL INTERIOR
Vos querés hacer como si fueras un comisionista, pero me parece que te va a traer problemas, sobre todo si alguno "se altera" y termina diciendo en una comisaria o en ANSES que le sacaste plata o que le robaste la libreta.
CUIDADO!!!!!!!!!!!
La ley es muuuuuy clara SOLO profesionales y en caso de necesidad o fuerza mayor.

No funciona el "colero" en estas cosas.
Quizas podes contactar algun abogado que necesite hacer trámites en la ciudad, y te ganas la comisión, dentro de lo que marca la ley.
Suerte!!!
 #801282  por andrea1982
 
Mmmm.... me suena raro... Hay otras formas de ganarse unos mangos, sobre todos si trabajás o tenés un ciber.
Con todo respeto. Pero es un foro de profesionales. Espero que en unos días, no aparecezcas preguntando como se hacen un SICAM, o consulta de ese tipo...