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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #802398  por DocSaturno
 
Estimados:
En pcia de bs as, tengo un cliente que pacto con sus esposa firmar un convenio de alimentos. Mi duda es:
1)en pcia, este convenio sujeto a una fotura homologacion, lo firman solo las partes? o hace falta firma de los letrados en el convenio?
2)Cualquiera de las dos partes puede iniciar la homologacion sin firma de la otra parte no?
Gracias por responder.
 #802403  por tana80
 
Hola!!
No soy de provincia de Buenos Aires, pero en mi opinión no tendría que hacer falta la firma de los abogados en el acuerdo, si por supuesto de las dos partes interesadas. Lo que ocurre es que la mayoría de las veces estos acuerdos se suscriben con el patrocinio letrado de los abogados de los ex cónyuges, por lo que ahí si corresponde la firma de los mismos.
Lo importante es que el convenio especifique que cualquiera de las dos partes puede presentarlo para su homologación en cualquier momento. Si ello está especificado no necesitás la firma de la contraria para iniciar la homologación.
Saludos.
 #802453  por diegogvillamayor
 
hola, el convenio o lo firman solo las partes o las partes con letrados. Pero siempre o las 2 solas o las 2 con diferente letrado.
Se pone la clausula que culquiera puede homologoar y listo.
Despues 1 solo puede pedir la homologacion la diferencia con que lo pidan los 2 es que van a llamar al otro a ratificar firmas.

saludos