te agradezco. En realidad cambie de opinion y la voy a hacer por escritura publica...pero tambien se puede hacer por inst. privado siempre y cuando no se haya iniciado la accion hay muchisima juridprudencia al respecto......Muchas gracias igual...
Sucede que al hacerla por escritura el escribano debe pedir certificado de inhibición y entonces el cesionario tiene mas seguridad de no tener inconvenientes futuros. De todos modos siempre queda a criterio tuyo. Saludos y suerte