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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #787972  por valeriazarza
 
Hola, como estan? les hago una consulta tecnica tengo una audiencia de alimentos (prov. bs as.), en principio no vamos a llegar a un acuerdo, y tengo preparada la contestacion. Ahora, si solo ofreciera prueba lo han hecho verbalmente o un mediante escrito?
espero entiendan la consulta.
 #788031  por eduferry
 
El ofrecimiento de prueba tiene que ser por escrito con la contestación de demanda. Recordá que el código de procedimiento acota la prueba en los alimentos, solamente a prueba instrumental e informativa.
El plazo para la contestación de demanda vence con la audiencia fijada, por lo que deberías contestar antes.
 #803847  por SOLEBELEN
 
VEO QUE MANEJAN EL TEMA DE ALIMENTOS. POR ESO LES PREGUNTO QUERIDOS COLEGAS ... PUEDO CONTESTAR LA DEMANDA EL DIA DE LA AUDIENCIA FIJADA O SEA EL DIA DE LA AUDIENCIA VAMOS Y SI NO ARREGLAMOS CON EL OFRECIMIENO QUE TENEMOS DEJO EL ESCRITO DE CONTESTACION DE DEMANDA? SOLO PUEDO OFRECER PRUEBA DOCUMENTAL (RECIBOS DE PAGO DE CUOTAS ALIMENTARIAS PAGAS EN MI CASO PARTICULAR) E INFORMATIVA? Y SI ME NIEGA LAS FIRMAS DE LOS RECIBOS NO PUEDO OFRECER PRUEBA PERICIAL CALIGRAFICA? NO PUEDO PEDIR ABSOLVER POSICIONES? POR FAVOR AYUDENMEESTOY RE PERDIDA NO HAY FLIA Y ENCIMA ESTOY COMO DEMAMDADA. GRACIAS COLEGAS !!!!!!!!!!!!!!
 #803856  por eduferry
 
Solebelen La contestación de demanda en el proceso de alimentos se puede presentar hasta la audiencia fijada, o sea que se inicia la audiencia y venció el plazo.
Algunos colegas para ganar tiempo por el escaso plazo, en forma inmediata recusan al juez de forma tal que tiene que ir a sorteo de nuevo juzgado, pero lo cierto es que el límite temporal para presentarla está dado por el inicio de la audiencia, hacerlo durante su transcurso o luego sería extemporáneo.
 #804678  por SIL.A.N
 
HOLA ,DISCULPEN QUE ME META, PERO NECESITO SABER,A PESAR DE QUE SE QUE SOLO ES PARA ABOGADOS Y NO LO SOY, NECESITO INICIAR DEMANDA POR ALIMENTOS, TENGO BEBE DE 7 MESES Y MI PAREJA NOS ABANDONO, QUIEN PAGARIA EL ARANCEL DEL MISMO? Y SI ACORDARAMOS ENTRE NOSOTROS PODRIAMOS BUSCAR UN ABOGADO Y DEJAR ACENTADO EL ACUERDO. SOY DE CAPITAL. MUCHISIMAS GRACIA
 #805072  por eduferry
 
SIL como bien decís el foro no es para consultas a particulares, pero te doy alguna orientación para que te manejes correctamente.
Si vos y tu ex pareja se ponen de acuerdo no habría discusión alguna y podría mantenerse la situación sin ninguna otra intervención.
De todas formas podría ser criticable ese acuerdo de alimentos, salvo que sea ventajoso y con seguridades en el cumplimiento.
Siempre deberás tener en cuenta que lo que negociarás no es tuyo, es de tu hija y ella come todos los días, no puede esperar.
Si no hay solución al tema consultá con un abogado de tu confianza para iniciar una acción por alimentos, el profesional te dirá a cargo de quien estarán sus honorarios y siempre vas a tener acceso a la justicia por ese tema.
Te deseo suerte.