Estimados foristas, quería plantearles la siguiente duda.
Tengo un juicio de reajuste con sentencia de primera instancia, que el anses me lo apeló. Como es costumbre, para que el expediente se eleve a camara en bs as( estoy en san luis) el pago de la carga prevista por el art 251 del C.P.C.C.N. lo he hecho siempre yó, porque el anses nunca lo hacía. Pero me pasó ahora que mientras esperaba que el cliente me diera el dinero para pagarla, ANSES pagó y me lo elevaron a la CAMARA a fines de diciembre, sin haber yo constituído domicilio en BS AS.
Mi pregunta es¿ hasta que momento tengo tiempo de constuir domicilio en bs as ( la modalidad con que nos manejamos aquí es no contestar los agravios ), Y por último, querria saber en que me podría perjudicar el no constituir domicilio en bs as, ya que por la experiencia que tengo, la camara NUNCA me notificó de ninguna resolución en el domicilio constituido en otros exp en bs as. Saludos y gracias por leerme.
Tengo un juicio de reajuste con sentencia de primera instancia, que el anses me lo apeló. Como es costumbre, para que el expediente se eleve a camara en bs as( estoy en san luis) el pago de la carga prevista por el art 251 del C.P.C.C.N. lo he hecho siempre yó, porque el anses nunca lo hacía. Pero me pasó ahora que mientras esperaba que el cliente me diera el dinero para pagarla, ANSES pagó y me lo elevaron a la CAMARA a fines de diciembre, sin haber yo constituído domicilio en BS AS.
Mi pregunta es¿ hasta que momento tengo tiempo de constuir domicilio en bs as ( la modalidad con que nos manejamos aquí es no contestar los agravios ), Y por último, querria saber en que me podría perjudicar el no constituir domicilio en bs as, ya que por la experiencia que tengo, la camara NUNCA me notificó de ninguna resolución en el domicilio constituido en otros exp en bs as. Saludos y gracias por leerme.
