Hola estimados foreros, les cuento me llego al estudio una mujer que me dice que el esposo quiere sacarle el apellido a un menor que el había reconocido como propio para quedar bien con la mujer que tenía en ese momento -con la misma estaba en concubinato-.
El menor en cuestión tiene 4 años.-
Según el Art. 263 del C.Civ. que dice ...los que tengan interés en hacerlo... le da legitimación activa ¿?
Como lo compatibilizo con los arts. 247,248,249 y 251 en especial con aquello que el reconocimiento es irrevocable.....
Arts en cuestión:
Art. 263. El reconocimiento que hagan los padres de los hijos concebidos fuera del matrimonio puede ser impugnado por los propios hijos o por los que tengan interés en hacerlo. El hijo puede impugnar el reconocimiento en cualquier tiempo. Los demás interesados podrán ejercer la acción dentro de los dos años de haber conocido el acto de reconocimiento.
Determinación de la paternidad extramatrimonial
Art. 247. La paternidad extramatrimonial queda determinada legalmente por el reconocimiento del padre o por la sentencia en juicio de filiación que la declare tal.
el reconocimiento de la filiación
Art. 248. El reconocimiento del hijo resultará:
1° De la declaración formulada ante el oficial del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas en oportunidad de inscribirse el nacimiento o posteriormente.
Art. 249. El reconocimiento efectuado es irrevocable, no puede sujetarse a modalidades que alteren sus consecuencias legales, ni requiere aceptación del hijo.
Art. 251. El derecho de reclamar la filiación o de impugnarla no se extingue por prescripción ni por renuncia expresa o tácita, pero los derechos patrimoniales ya adquiridos están sujetos a prescripción.
Que me aconsejan que haga¿?
La madre del menor esta de acuerdo con sacarle el apellido ¿eso ayuda? ¿no?
¿Qué hago?
Les hago hacer un ADN y después con los resultados presento demanda con la legitimación activa del reconociente ...
¿Cual es la mejor vía?
Espero vuestras respuestas a la Brevedad.
Muchísimas Gracias.-
El menor en cuestión tiene 4 años.-
Según el Art. 263 del C.Civ. que dice ...los que tengan interés en hacerlo... le da legitimación activa ¿?
Como lo compatibilizo con los arts. 247,248,249 y 251 en especial con aquello que el reconocimiento es irrevocable.....
Arts en cuestión:
Art. 263. El reconocimiento que hagan los padres de los hijos concebidos fuera del matrimonio puede ser impugnado por los propios hijos o por los que tengan interés en hacerlo. El hijo puede impugnar el reconocimiento en cualquier tiempo. Los demás interesados podrán ejercer la acción dentro de los dos años de haber conocido el acto de reconocimiento.
Determinación de la paternidad extramatrimonial
Art. 247. La paternidad extramatrimonial queda determinada legalmente por el reconocimiento del padre o por la sentencia en juicio de filiación que la declare tal.
el reconocimiento de la filiación
Art. 248. El reconocimiento del hijo resultará:
1° De la declaración formulada ante el oficial del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas en oportunidad de inscribirse el nacimiento o posteriormente.
Art. 249. El reconocimiento efectuado es irrevocable, no puede sujetarse a modalidades que alteren sus consecuencias legales, ni requiere aceptación del hijo.
Art. 251. El derecho de reclamar la filiación o de impugnarla no se extingue por prescripción ni por renuncia expresa o tácita, pero los derechos patrimoniales ya adquiridos están sujetos a prescripción.
Que me aconsejan que haga¿?
La madre del menor esta de acuerdo con sacarle el apellido ¿eso ayuda? ¿no?
¿Qué hago?
Les hago hacer un ADN y después con los resultados presento demanda con la legitimación activa del reconociente ...
¿Cual es la mejor vía?
Espero vuestras respuestas a la Brevedad.
Muchísimas Gracias.-
El Espíritu del Señor DIOS está sobre mí,
porque me ha ungido el SEÑOR...
para proclamar libertad a los cautivos
y liberación a los prisioneros;
LIBRO DEL PROFETA ISAIAS 61:1.-
porque me ha ungido el SEÑOR...
para proclamar libertad a los cautivos
y liberación a los prisioneros;
LIBRO DEL PROFETA ISAIAS 61:1.-