Les cuento que tengo una causa en Quilmes que fue archivada, pues quien hizo la denuncia fue la madre de mi cliente que estaba internado en una clínica privada. Mi cliente denunció a un médico por abuso sexual, y fue la madre que ante la imposibilidad de traslado del hijo, inició la denuncia. Luego él tuvo que ir a prestar testimonial en la Comisaría. Pasó el tiempo y cuando fue a averiguar cómo estaba la misma, le dijeron que estaba archivada, y que iba a demorar varios meses hasta que la pudiera ver. Allí me contactó, fui al Archivo Departamental, la ví, pude obtener fotocopias. Está mal archivada (hace como 7 meses que estaba archivada) pues el archivo lo notificaron al domicilio de la madre (que informó el oficial no posee chapa municipal) pero no notificaron al domicilio de mi cliente que al ir a testimoniar en la comisaría lo había dado. Para colmo al médico imputado le tomaron declaración testimonial en la Comisaría! Entonces de oficio se declara la nulidad de la misma, pasa a defensor oficial, y al final se archiva. Luego mi cliente es nuevamente internado, y ya salió de una operación, por lo que recién me puede firmar alguna presentación. Voy a interponer un recurso de revisión, que vaya a la Fiscalía de Cámaras y que entienda una nueva Fiscalía. Les digo que el relato y la descripción que hizo mi cliente en cuanto a características de cicatrices y otras del médico es irrefutable. Mi pregunta es la siguiente: Debo interponer esa revisión del archivo ante la UFI de Quilmes, o presentar el escrito en el Archivo? Desde ya agradeceré sus opiniones al respecto.
Hola blueyellow, tiene que darle una vista a la parte del CPPBA que esta dedicada al tema Revición, ahí le da las pautas básicas para encarar la cuestión.
Ahora, si tanto el Fiscal como el Juez de Garantías, digamos, estuvieron de acuerdo en el archivo de la causa, y, ahora, ante la posibilidad de presetarse pruebas más rotundas, se niegan a re-abrir la causa; pues, hasta donde sé, corresponde presentar el recurso ante la Cámara o ante la Fiscalía de Cámara.
Igual, no deje de darle una vista al CPPBA, y, ¿por qué no?, consulte en la Fiscalía de Cámara.
Saludos y suerte,