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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #804696  por analiaTorres
 
A ver.. estimados colegas... tengo que notificar la rebeldia a la Pcia. de Salta. Como nosotros estamos en la Pcia. de Bs As.. notifique el traslado de demanda por exhorto.-
Ahora cuando voy a notificar la rebeldia... dice.. NOTIFIQUESE PO CEDULA.-
Presento en escrito solicitando atento la distancia y el costo del diligenciamiento.. hacerlo bajo resp. de parte y con habilitacion de dias y horas..
y me contestan:

"Atento a lo solicitado y a fin de notificar el auto de fojas 46 (rebeldia) librese cedula con habilitac. de dias y horas inhabiles y bajo responsabilidad de la parte actora. Asimismo procedase a librar exhorto teniendo en cuenta el domicilio real de la demandada provincia de Salta de la Rep. Argentina. Fdo.. Juez"

Sinceramente no entiendo que es lo que tengo que hacer... pedi hablar con quien despacha.. para que me de una palida idea.. y te atienden.. alguna sugerencia??
GRACIASSS!!
 #804885  por kantaclaro
 
Que te expliquen que quisieron decir, por cuanto la notificación es por cédula. Sds
 #805218  por analiaTorres
 
Gracias por tu respuesta...
El tema es asi.. iniciado el divorcio.. notifique traslado de demanda por cédula ley.. cuando se venció el plazo para que contestara.. me sacaron un proveído que debía notificar por exhorto...
Bueno.. notifique por exhorto el traslado de la demanda..
el tema es que en el Trib. NUNCA podes hablar con NADIE!! te dejan esperando TODA la mañana y con suerte te atienden... es una vergüenza..
Por eso quería saber si alguien interpreta lo que me quisieron decir... si notifico por exhorto.. por cedula... no se :oops: :roll:
 #805455  por JUD
 
SI , MEJOR PEDI HABLAR CON ALGUIEN , PORQUE EN REALIDAD ,DEBERIAS NOTIFICAR POR CEDULA!