Tengo que reclamar indemnización por la 25323 Art. 1. Mi cliente estuvo en negro casi 5 años y luego se lo registro parcialmente y de forma defectuosa, posteriormente se lo despide sin causa. Tengo que intimar por la 25323, pero no se si la indemnización por antigüedad es de el año que estuvo registrada (esa es la que se duplica), o bien se duplica la de los 6 años que duró la relación laboral?
Agradecería su pronta respuesta.
También agradecería un modelo.
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