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  • AUTOMOVIL COMODATO. NO RESTITUCION

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 #80616  por abogado1987
 
Hola a todos los colegas, tengo este asunto que me desconcierta …

1. Tengo una clienta que le presto un automóvil en el año 2000 a un conocido, el auto era un bien propio del marido que fallecio a ese tiempo.

2. Este automóvil forma parte de la sucesion, los sucesores son: cónyuge superstite (mi clienta) y dos hijos menores del matrimonio.

3. Hablé con el que tiene el auto prestado y no lo quiere devolver, porque segun él mi clienta se lo vendio sin papeles. (mi clienta lo niega)

4. En el dia de la fecha , le hago enviar una C.D. intimándole la devolucion del rodado bajo apercibimiento de ley.

5. Las preguntas son: al no devolverlo que denuncia penal le cabe a este señor ?

6. Que puedo hacer para excluir la responsabilidad civil de mi cliente por cualquier accidente que pudiera tener el automóvil?

Muchisimas gracias por cualquier opinión.
Abogado1987
 #80660  por Pandilla
 
Holis abogado1987, sobre su última pregunta, le digo:
1- Hay una sentencia de los últimos días de noviembre, en la cual el vendedor del auto no pudo avadir la responsbailidad civil, más allá de no tener nada que con el hecho que motivó la sentencia.
En cuanto a la primera pregunta, veamos:
2- Robo no.-
3- Hurto tampoco, pues su clienta asegura que ella, por voluntad propia y sin vicios, prestó el auto.-(por este lado, su clienta no puede alegar su propia torpeza).-
Ahora, la otra parte dice que la Sra., le vendió el auto sin papeles; ¿y él como compra un auto y no le interesa hacer los papeles......?, claro, ¿cómo haría para registrar la titularidad de un auto sino tiene los papeles para poder hacerlo?.
Por otro lado, ¿la Sra., aún tiene la documentación del auto y la prueba de que esa cosa es parte de una sucesión...?, si es así, la otra parte va a tener que probar que existió "venta sin papeles", (algo que, para la Ley, no tiene ningún valor legal).
Por otro lado, tal vez, no necesiten iniciar una acción penal, primero den parte al Juez de la sucesión. Ahora, ¿la Sra., es la única sucesora y heredera...?, pues, sino es así, yo, como Juez, le diría: y Usted, ¿con que derecho le presta a otro cosas que, legalmente, aún no son suyas.....?.

Saludos y suerte, :lol:

 #80664  por abogado1987
 
Hola Pandilla, muchisimas gracias por el aporte ... te agradezco el tiempo y tu opinión, saludos cordiales